La Respuesta de los Convenios Internacionales de la OIT al Trabajo Migrante: Un Análisis Transversal
DOI:
https://doi.org/10.19135/revista.consinter.00003.22Palabras clave:
Derecho laboral internacional, Convenios Internacionales OIT, Trabajadores migrantes, igualdad y no discriminación, condiciones de empleo y ocupaciónResumen
El presente trabajo analiza el tratamiento de la protección de los trabajadores migrantes en los convenios internacionales de la OIT. El estudio relaciona los Convenios específicos relativos a dicho colectivo vulnerable en conexión con los Convenios generales de la OIT. Se realiza, pues, una revisión de la respuesta tradicional planteada por los Convenios OIT, como normas internacionales del trabajo, que establecen unos principios y unos derechos básicos en el trabajo. Dichas normas internacionales se proyectan especialmente sobre las migraciones laborales. El objetivo de dichas normas es promover flujos migratorios laborales que se asienten en condiciones de libertad, dignidad, equidad y seguridad en sintonía con el concepto de trabajo decente. Los Convenios de la OIT se aplican con carácter general a todos los trabajadores y su efecto jurídico expansivo incluye ineludiblemente a los trabajadores migrantes. Se trata, sin duda, de convenios estrechamente relacionados con el trabajo de las personas migrantes y que nos obliga a realizar un análisis transversal y sistemático de una regulación ciertamente dispersa.
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Derechos de autor 2016 J. Eduardo López Ahumada
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