Los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer y el Derecho al Juez Ordinario Predeterminado por la Ley
DOI:
https://doi.org/10.19135/revista.consinter.00015.15Palavras-chave:
juez legal, imparcialidad, violencia de género, independenciaResumo
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, unos órganos especializados para el conocimiento de aquellos conflictos civiles y penales que se susciten en el ámbito de la violencia de género. La hipótesis de partida proviene de las dudas planteadas por la doctrina acerca de la posible constitucionalidad de dichos órganos en relación con las previsiones del derecho fundamental al juez legal reconocido en el art. 24 de la Constitución. No hay que olvidar que dicho derecho no solo exige de una ley que cree el órgano jurisdiccional, sino que además requiere, para garantizar la imparcialidad, y sobre todo la independencia, exigibles a cualquier órgano jurisdiccional, de la determinación genérica y apriorística de la competencia, así como la predeterminación legal de las normas de composición del órgano. El objetivo del presente trabajo es analizar la posible vulneración de dicho derecho fundamental a la vista de que la competencia de tales Juzgados ha sido determinada en función del sexo de la víctima del delito. Para la realización del presente trabajo se ha procedido al análisis de la legislación, la doctrina más relevante sobre el tema, así como de la jurisprudencia, tanto constitucional como menor, que trata el derecho en cuestión habiendo hecho uso de una metodología deductiva para el desarrollo del trabajo. Se concluye como resultado, que nuestro legislador no fue muy cuidadoso con el respeto al derecho fundamental enunciado vulnerando el mismo.
Downloads
Referências
CUBILLO LÓPEZ, Ignacio, “Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y la determinación de las competencias”, Tutela penal y tutela judicial frente a la violencia de género, Colex, Madrid, 2006, pp, 119-162.
FUENTES SORIANO, Olga, “La constitucionalidad de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”, Diario La Ley, año XXVI, número 6362, de 18 de noviembre de 2005, pp. 1-35.
FUENTES SORIANO, Olga, “Los nuevos Juzgados contra la violencia sobre la mujer”, La Administración de Justicia en la Ley Integral contra la Violencia de Género, Ministerio de Justicia, Madrid, 2005, pp. 77-111.
GASCÓN INCHAUSTI, Fernando, “El tratamiento de las cuestiones procesales con anterioridad a la audiencia previa al juicio”, in DE LA OLIVA SANTOS, Andrés, El tratamiento procesal de las cuestiones procesales y la audiencia previa al juicio en la Ley de Enjuiciamiento Civil, Civitas, Madrid, 2005.
GONZÁLEZ GRANDA, Piedad, “Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”, Diario La Ley, Año XXVI, número 6214, de 21 de marzo de 2005, pp. 1-37.
GUTIÉRREZ BARRENENGOA, Ainhoa, “La competencia civil de los juzgados de violencia sobre la mujer”, Estudios de Deusto, Bilbao, enero-junio 2009, pp. 87-137. DOI: https://doi.org/10.18543/ed-57(1)-2009pp87-137
LUACES GUTIÉRREZ, Ana Isabel, “Necesidad de una justicia especializada en violencia de género: especial referencia a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer”, Revista de Derecho UNED, número 4, 2009, pp. 297-317. DOI: https://doi.org/10.5944/rduned.4.2009.10973
MONTERO AROCA, Juan, Derecho Jurisdiccional I, Parte General, Valencia, Tirant lo Blanch, 2019.
NIEVA FENOLL, Jordi, Derecho Procesal I. Introducción, Valencia, Tirant lo Blanch, 2019.
NIEVA FENOLL, Jordi, “La instrucción y el enjuiciamiento de delitos causados por la violencia de género”, Justicia. Revista de Derecho Procesal, 2006, n. 1-2, pp. 77-155.
SÁNCHEZ BARRIOS, Inmaculada, “Comentarios al art. 57”, in SANZ MULAS (COORD.), Ley de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género, Paracuellos del Jarama, 2005.
SENÉS MOTILLA, Carmen, “La competencia penal y en materia civil de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer”, Diario La Ley, Año XXVI, número 6371, de 1 de diciembre de 2005, pp. 1-17.
Publicado
Como Citar
Edição
Secção
Licença
Este trabalho encontra-se publicado com a Licença Internacional Creative Commons Atribuição-NãoComercial-CompartilhaIgual 4.0.
Para fins da universalização e compartilhamento livre dos saberes a Revista do CONSINTER está indexada sob a Licença Creative Commons 4.0
Atribuição – Uso Não Comercial – Compartilhamento pela mesma licença 4.0 Brasil.
É permitido:
– Copiar, distribuir, exibir e executar a obra
– Criar obras derivadas
Sob as seguintes condições:
ATRIBUIÇÃO
Você deve dar crédito ao autor original, da forma especificada pelo autor ou licenciante.
USO NÃO COMERCIAL
Você não pode utilizar esta obra com finalidades comerciais.
COMPARTILHAMENTO PELA MESMA LICENÇA
Se você alterar, transformar ou criar outra obra com base nesta, você somente poderá distribuir a obra resultante sob uma licença idêntica a esta.
Para cada novo uso ou distribuição, você deve deixar claro para outro, os termos da licença desta obra.
Licença Jurídica (licença integral): https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/deed.pt_BR