La Función Preventiva del Sistema Financiero en el Espacio Judicial Europeo: ¿Medidas (Penales) de Prima Ratio?

Autores/as

  • María Ángeles Pérez Marin Profesora de Derecho Procesal. Universidad de Sevilla. Integrante del Proyecto de Investigación La evolución del espacio judicial europeo en materia civil y penal: su influencia en el proceso español (PGC2018-094209-B-100) financiado por la Agencia Estatal de Investigación, dirigido por la Profesora Mar Jimeno Bulnes, Catedrática de Derecho Procesal de la Universidad de Burgos. mapmarin@us.es. Investigadora responsable del Grupo de Investigación PAIDI SEJ-308, La administración de justicia en España y América https://orcid.org/0000-0003-2503-535X

DOI:

https://doi.org/10.19135/revista.consinter.00014.12

Palabras clave:

Unión Europea, espacio común financiero, diligencia debida, control de riesgo, blanqueo de capitales, financiación del terrorismo

Resumen

La salvaguarda del sistema financiero UE frente a la delincuencia organizada ha llevado al legislador a crear un cuerpo normativo que aboga por la prevención a través de un conjunto de medidas que deben aplicar las entidades financieras y los profesionales vinculados con este sector para evitar el uso ilícito de las vías financieras. La frontera entre la finalidad preventiva de estas medidas de control y las consecuencias penales que se derivan de la efectiva comisión del delito resulta, en ocasiones, extraordinariamente difusa. Esta circunstancia que permite hablar, en cierto modo, de un adelantamiento de la barrera penal.

En este trabajo vamos a analizar los diferentes aspectos del régimen de control de riesgos existentes en el espacio judicial europeo, atendiendo a los instrumentos jurídicos en vigor. Asimismo, pondremos de manifiesto los principales escollos que impiden una protección global de las vías financieras; entre ellos –pero no los únicos – el déficit constatado en el ámbito del intercambio de información entre las autoridades implicadas, las dificultades para acceder a los datos de las operaciones financieras y la inexistente regulación en el sector de las criptomonedas, convertido en un refugio seguro para la captación de fondos por parte de la delincuencia organizada y el terrorismo. Por último, no olvidamos la necesaria referencia al futuro diseño de la estructura antiblanqueo que está construyendo la Unión, centrado en dos focos principales: el primero, localizado a nivel nacional, siendo este la función preventiva ejercida por las entidades financieras mediante el bloqueo y el control de las operaciones sospechosas; el segundo, centralizado, que prevé la creación de la futura autoridad central antiblanqueo común.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Citas

BACHMAIER WINTER, L., MARTÍNEZ SANTOS, A., “El régimen jurídico procesal del whistleblower. La influencia del Derecho Europeo”, en Tratado sobre compliance penal. Responsabilidad penal de las personas jurídicas y modelos de organización y gestión, Juan Luis Gómez Colomer, J.L. (Dir.), Christa M. Madrid Boquín, (Coord.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2019.

BLANCO CORDERO, I., “Responsabilidad penal de la sociedad matriz por los delitos cometidos en el grupo de empresas”, en Compliance y responsabilidad penal de las personas jurídicas, Nicolás Rodríguez García, Fernando Rodríguez López (Coords.),Tirant lo Blanch, Valencia, 2021.

BUSTOS RUBIOS, M., “Financiación del terrorismo y blanqueo de capitales: de la nueva normativa al Código Penal español”, en El mercado único en la Unión Europea: balance y perspectivas jurídico-políticas (en José Miguel Martín Rodríguez y Laura García-Álvarez (Dirs.), Ana Sánchez Rubio (Coord.)), Dykinson, 2019. DOI: https://doi.org/10.2307/j.ctv105bch6.93

CALVO VÉRGEZ, J., “El nuevo marco comunitario diseñado para hacer frente al blanqueo de capitales tras la aprobación de las directivas cuarta y quinta”, El mercado Único en la Unión Europoea: balance y perspectivas jurídico-políticas, en José Miguel Martín Rodríguez y Laura García-Álvarez (Dirs.), Ana Sánchez Rubio (Coord.), Dykinson, 2019. DOI: https://doi.org/10.2307/j.ctv105bch6.63

COLOMER HERNÁNDEZ, I., “Régimen de exclusión probatoria de las evidencias obtenidas en las investigaciones del compliance officer para su uso en un proceso penal (1)“, Diario La Ley, n. 9080, 2017.

CHAMORRO DOMÍNGUEZ, M.C., Aspectos jurídicos de las criptomonedas, Madrid, 2019, (https://blockchainintelligence.es/criptomonedas-legal-chamorro/)

GÓMEZ TOMILLO, M., “Presunción de inocencia, carga de la prueba de la idoneidad de los ‘compliance programs’ y cultura del cumplimiento”, en Actualidad compliance 2018, Juan Antonio Frago Amada (Dir.), Ed. Thomson Reuters-Aranzadi, Pamplona, 2018.

GÓMEZ TOMILLO, M., Compliance penal y política legislativa: el deber personal y empresarial de evitar la comisión de ilícitos en el seno de las personas jurídicas, Tirant lo Blanch, Valencia, 2016, p. 49-68.

PENA BEIROA, J. A., Manual de prevención del blanqueo de capitales para profesionales (abogados, auditores y economistas), Andavira Editora, Santiago de Compostela, 2012, p. 101 y ss.

SAURA ALBERDI, B., “El órgano de cumplimiento (compliance officer)”, en Compliance y responsabilidad penal de las personas jurídicas, Nicolás Rodríguez García, Fernando Rodríguez López (Coords.),Tirant lo Blanch, Valencia, 2021.

ZARAGOZA TEJADA, J. I., “Criptoactivo y blanqueo de capitales. Problemas jurídico procesales”, Revista Aranzadi Doctrinal, n. 8, 2019.

Descargas

Publicado

2022-06-30

Cómo citar

Marin, M. Ángeles P. (2022). La Función Preventiva del Sistema Financiero en el Espacio Judicial Europeo: ¿Medidas (Penales) de Prima Ratio?. Revista Internacional Consinter De Direito, 8(14), 289–311. https://doi.org/10.19135/revista.consinter.00014.12