Max Weber y su Crítica al Capitalismo Racionalizado – la Pleonexía como un Mal del Capitalismo Empresarial Moderno

DOI: 10.19135/revista.consinter.0007.22

Jesús Víctor Alfredo C. Ugarte[1] – ORCID: https://orcid.org/0000-0002-9148-659X

Resumen: El capitalismo moderno no es producto de una generación espontánea ni de una situación accidental. El capitalismo moderno es el resultado de todo un proceso histórico y en donde, sobre todo en la actualidad, el cálculo premeditado ha cobrado especial relevancia al igual que el ansia de ganar más y más, demasiadas veces, a costa de sacrificar derechos, respetos y consideraciones hacia los demás y hacia todo lo demás. El apetito insaciable por las cosas materiales y por la ganancia es, precisamente, lo que platónicamente se identifica como la pleonexía. En este trabajo desvelo esta situación desde las reflexiones de Max Weber, quien ya nos advertía, en sus obras, lo que venía implicando, para su época, el desarrollo del capitalismo, y que hoy resulta, su análisis, más certero y aplicable a nuestra realidad.

Palabras clave: Max Weber, capitalismo, racionalismo, empresa, derechos, humanidd.

Abstract: Modern capitalism is not a product of spontaneous generation or an accidental situation. Modern capitalism is the result of a whole historical process where, especially nowadays, premeditated calculation has gained special relevance as well as a desire of earning more and more, too many times, at the cost of sacrificing rights, respects and considerations towards others and towards everything else. The insatiable appetite for material things and profit is, precisely, what is platonically identified as pleonexia. In this work I reveal this situation from the reflections of Max Weber, who already warned us, in his works, what has been implying, for his time, the development of capitalism, and today it results, his analysis, more accurate and applicable to our reality.

Keywords: Max Weber, capitalism, rationalism, company, rights, humanity.

INTRODUCCIÓN

La racionalización, ocupa un papel relevante y transversal en toda la obra de Max Weber. Más allá de ser un tema transversal en la obra de Weber, es un tema que cobra especial relevancia en el campo del Derecho y en el campo del desarrollo económico, además de en el campo de la política estatal.

El tema de la racionalización resulta importante, porque permite vislumbrar el hecho de que el poder dominante, hoy en día, no es otro que el poder del capitalismo racionalizado; es decir, el del poder económico capitalista.

El proceso de racionalización del capitalismo ha colocado a los poderes económicos en un lugar más que relevante y, en la actualidad, parecen haber logrado subyugar a los poderes políticos y tradicionales de los Estados; aunque, de hecho, esa supremacía se ejerza de manera no abiertamente declarada ya que les resulta más eficiente una posición subrepticia en la que no se les puede identificar con facilidad. Es lo que podríamos llamar el poder detrás del poder o, más específicamente, el poder económico detrás del poder político y oficial de los Estados. Detrás, aunque en capacidad de manipulación, por encima de ellos.

El tema de la racionalización se encuentra especialmente tratado en obras como Economía y sociedad o en La ética protestante y el espíritu del capitalismo, entre otras. Pietro Rossi sobre este asunto dice que:

Weber ha llegado a determinar de modo expreso el sentido -o, mejor dicho, los sentidos- de la racionalidad en el año 1913, en el ensayo titulado Sobre algunas categorías de la sociología comprensiva, en cuyo texto se encuentran enunciados, por primera vez, los que se convertirán en los conceptos clave del edificio teórico de Economía y Sociedad. En este ensayo comparece en efecto la distinción entre dos formas de racionalidad: la Racionalidad con Respecto del Objetivo y la Racionalidad Objetivamente Correcta[2].

La racionalidad weberiana, está referida en muchas obras de Weber, ya sea de manera general o de manera específica, es una institución que resulta compleja y amplia, y a la que no se le encuentra una única acepción. Weber es consciente de ello y en uno de sus ensayos afirma que: “El ‘racionalismo’ es un concepto histórico que encierra un mundo de contradicciones (…)”[3]. Y es que, está claro, que el racionalismo se ha desarrollado durante el transcurso y devenir de la historia, principalmente en la modernidad y con el avance de la tecnología. El racionalismo, por supuesto, no ha estado exento de conflictos y de críticas en pro y en contra de su acontecer histórico. En esta línea Arun Sahay opina que:

(…) el tema de la sociología de Weber es el proceso de racionalización de la vida, tanto en su desarrollo histórico, es decir, en tiempos modernos, y en su problema lógico inherente de la traducción de la racionalidad subjetiva al conocimiento objetivo. (…) La premisa de la modernidad es que el cambio histórico o social del hombre se produce a través de diferentes evaluaciones en conflicto y de su existencia[4].

1 RACIONALISMO E IRRACIONALISMO

Racionalismo e irracionalismo, son dos conceptos mutuamente contradictorios, cuya relación, en Weber, cobra mayor importancia cuando se habla de la racionalización de lo irracional. Para Weber, el tema del origen irracional de la racionalidad es de especial y concreta atención. Es así que para él, existen racionalizaciones de, por ejemplo, la contemplación mística, la que de hecho, si se ve desde otras esferas vitales, conformaría algo concretamente irracional. Pasa lo mismo con la economía, con la técnica, con el trabajo científico, con la educación, con la guerra, con la justicia, con la administración, etcétera. Weber entenderá entonces que: “(…) cada una de estas esferas puede ser ‘racionalizada’ desde distintos puntos de vista, y lo que desde uno se considera ‘racional’ parece ‘irracional’ desde otro”[5].

Así las cosas, resulta entonces, que la irracionalidad es una característica que se produce y que acompaña a la racionalización, o que existe conjuntamente con ella. Y, por supuesto el desarrollo de la racionalidad capitalista no es una excepción a esta realidad entremezclada de racionalidad e irracionalidad. En este sentido, para Herbert Marcuse la irracionalidad es la razón del devenir de la racionalidad capitalista. La irracionalidad está reflejada en el enorme desarrollo de la productividad, la conquista desmedida -y muchas veces irresponsable- de la naturaleza, el imparable aumento de la cantidad de los bienes de consumo y la búsqueda de su disponibilidad más amplia para la población. Todo esto deviene en irracional ya que el aumento de la productividad, el control irresponsable de la naturaleza y la riqueza social se han convertido en fuerzas realmente devastadoras y destructivas:

(…) destructivas no sólo figuradamente en la venta de los llamados valores culturales más altos, sino literalmente: la lucha por la existencia se agudizó en el interior de la nación-estado, así como internacionalmente, y la represalia se desbordó en la agresión y en la legitimación de la crueldad medieval (la tortura) y la aniquilación científicamente planificado de los hombres[6].

El comportamiento humano no es en sí mismo ni racional ni irracional. Pietro Rossi[7] nos explica, siguiendo a Weber, que el accionar humano puede ser entendido, por un lado, como racional con respecto del objetivo -cuando es orientado con base en la consideración de los medios necesarios para la realización de un determinado objetivo y de las consecuencias que ella conlleva- o, por otro lado, el actuar humano puede ser entendido como racional con respecto del valor -cuando es orientado respectivamente con base en la búsqueda de un valor al que le es atribuido una validez incondicional y en relación a la que la consideración de los medios y las consecuencias aparece indiferente-. Entonces, la racionalidad -sea con respecto del objetivo o, sea, con respecto del valor- es una especificación que se le puede imputar, por un lado, a la acción social de los individuos o, por otro lado, a las estructuras que establecen el resultado. Existe pues una imposibilidad de descifrar la racionalidad en una especificación objetiva del accionar humano o del proceso histórico. Lo racional se transforma en lo que se adecua a un establecido tipo ideal de actitud o de relación, y su significado esta ordenado y encadenado al modelo asumido. Es más, lo irracional se transforma en un concepto que deduce su significado desde el modelo de racionalidad del que se trate. De tal forma, la racionalidad, al no ser una cualidad ontológica o un ámbito que constituya el actuar humano o el proceso histórico, así la racionalidad no es tampoco la estimación gnoseológica de la comprensión; es decir, la racionalidad no es la premisa que me permita conocer cómo se ha de comprender lo que sucede en la realidad.

2 LA RACIONALIDAD FORMAL Y LA RACIONALIDAD MATERIAL (O SUSTANTIVA) DE LA ECONOMÍA

Los conceptos de estos dos tipos de racionalidad los encontramos en Economía y sociedad en el segundo capítulo de la primera parte, “Las categorías sociológicas fundamentales de la vida económica” y en el capítulo VII de la segunda parte “Economía y derecho (Sociología del derecho)”, de la misma obra.

La racionalidad formal, es un concepto que atiende al comportamiento económico. En la racionalidad formal, la medida del cálculo técnicamente posible y realmente aplicado a ello, sobreviene en homólogo de calculable; en este tipo de racionalidad, se guarda un inflexible desinterés para cada supuesto o razonamiento de valor o de finalidad material. Por el contrario, la racionalidad material se configura teniendo en cuenta precisos postulados valorativos; es decir, la racionalidad material, supone una relación erigida con postulados de tipo material. En este sentido, Giuseppe Zaccaria precisa que:

(…) la única verdadera forma de racionalidad es constituida por Weber por la racionalidad formal, (que a su vez va mucho más allá del ámbito económico y termina sustancialmente por identificarse con el proceso de racionalización del mundo moderno) (…)[8].

Weber cuando habla de los conceptos de la vida económica, hace una diferencia entre la economía y la técnica de la economía, con lo cual, nos sitúa, en otras palabras, en una diferencia entre medios y fines. Luego, la técnica es el conjunto de medios aplicados para la acción; la economía está determinada por los fines que orientan la acción; en tal sentido, resulta entonces que mientras la economía es poseedora del sentido y los fines que orientan la acción, la técnica económica solo puede proveer los medios requeridos para su realización.

Hoy en día la técnica busca lograr los medios que maximicen las posibilidades que proporciona la racionalización económica, a fin de optimizar los resultados en mayores beneficios. En la búsqueda de estos resultados, la racionalidad técnica solo se vincula con la utilidad de los medios para obtener los distintos fines, por lo cual, no se vincula ni toma en cuenta el juicio que se haga acerca de dichos fines. Así, resulta que la racionalidad formal es una racionalidad instrumental, y es la misma que la racionalidad técnica; y la racionalidad material, es una racionalidad sustantiva. Sobre ello, para Catherine Colliot-Thélène es en la idea de previsibilidad donde se plasmaría la diferencia entre racionalidad formal y racionalidad material. La distinción se fraguaría en el modelo del antagonismo económico entre una actividad capaz de ser tasada en términos contables y una actividad que hace que participen requerimientos de otra naturaleza; requerimientos de tipo ético, político, utilitario, de placer, etcétera. En este sentido, es que Colliot-Thélène aifrma la idea de racionalidad formal es “unívoca”, y la de racionalidad material es “plurívoca”, esta última, en atención a las muchas exigencias según las cuales puede concretarse. Se puede decir que, en el dominio jurídico, la codificación es el índice de la racionalización formal:

Un derecho codificado, sustraído por ahí de las consideraciones éticas o utilitarias que mandan la dicción del derecho, por ejemplo, en las formas de dominación hierocráticas (donde los poseedores del poder político se confunden con las autoridades religiosas o sea tienen la legitimidad de éstas) o patrimoniales, tiene la ventaja de ofrecer a los individuos la oportunidad de «evaluar racionalmente las consecuencias jurídicas y las posibilidades de su acción». La forma extrema de un derecho orientado sobre consideraciones materiales (…) se caracteriza por la búsqueda de una justicia ‘material’, orientada hacia la equidad, y que, precisamente por esta razón, es esencialmente imprevisible. Weber hace un uso amplio de esta expresión, permitiéndose designar por allí una tendencia, inherente a toda justicia, que hace intervenir otras consideraciones además de las puramente reglamentarias y procesales[9].

2.1 Racionalidad formal de la economía

Según lo dicho, ya he precisado que la racionalidad formal es la racionalidad técnica. Weber llama racionalidad formal de una gestión económica al nivel de cálculo que es técnicamente posible y realmente aplicable: “Llamamos racionalidad formal de una gestión económica al grado de cálculo que le es técnicamente posible y que aplica realmente”[10]. Este tipo de racionalidad corresponde a la racionalidad con arreglo a fines con los medios más adecuados; es por ello que el dinero representa el máximo grado de racionalidad formal, es decir, es el medio de cálculo más perfecto de la acción económica, desde un punto de vista técnico. Es racional en su forma una gestión económica que procura plasmarse y expresarse en reflexiones sujetas a número y cálculo. Weber dice que es un concepto inequívoco, porque la forma en dinero representa el máximo de esta calculabilidad.

El patrimonialismo, hoy lo podemos entender, de manera general, como la enajenación de los bienes públicos por parte de los que ejercen el poder. Para Weber, cuando surge un cuadro administrativo y militar que sustente al dominador tradicional, este tipo de dominación se inclina al patrimonialismo y si nos ponemos en el supuesto límite, se inclinaría, del poder de mando, al sultanato, entendiendo, esto último, como llegar incluso a ejercerse un poder de facto. En este escenario, los compañeros se transforman en súbditos, dado que lo era hasta entonces derecho predominante entre iguales, lo transforma, el que ejerce el poder, en su derecho propio; apropiándose de ello, en principio, como si se apropiase de cualquier otro objeto de posesión valorable -por venta, arriendo, división-, o como con cualquier otra posibilidad económica:

Llámese dominación patrimonial a toda dominación primariamente orientada por la tradición, pero ejercida en virtud de un derecho propio; y es sultanista la dominación patrimonial que se mueve, en la forma de su administración, dentro de la esfera del arbitrio libre, desvinculado de la tradición. (…) Del patriarcalismo originario se distinguen ambos (…) por la existencia de un cuadro administrativo. (…) Debe entenderse por dominación estamental aquella forma de dominación patrimonial en la que determinados poderes de mando y sus correspondientes probabilidades económicas están apropiados por el cuadro administrativo[11].

Dejando claro, lo que implica el concepto de patrimonialismo o dominación patrimonial, es posible ahora anotar que para Weber este patrimonialismo impide el desarrollo de la racionalidad formal económica. Esto es así:

a) por la complicación que el tradicionalismo formal opone a la existencia de disposiciones legales racionales y calculables en cuya duración pueda confiarse;

b) por la ausencia típica de un cuadro administrativo profesional formal;

c) por el gran ámbito de arbitrio material y de los actos discrecionales del soberano y del cuadro administrativo;

d) por la tendencia connatural hacia el patriarcalismo y el patrimonialismo –derivado de la naturaleza de su legitimidad y del interés de tener satisfechos a los dominados- hacia una regulación de la economía materialmente orientada (ideales éticos, utilitarios, sociales, etc.), o sea, la ruptura de una racionalidad formal orientada por del derecho de juristas;

e) por la organización de la recaudación fiscal que constituye un serio obstáculo para el desarrollo de una racionalidad económica; y,

f) porque la economía fiscal del patrimonialismo, funciona de manera irracional, incluso donde existe una economía monetaria (por ejemplo, falta en absoluto el cálculo seguro de los gravámenes y el de la actividad lucrativa privada).

Habría que anotar que, en todo caso, en la dominación patrimonial no están ausentes todas las formas de racionalidad, pero esto no será objeto de mi atención, ya que no es lo que aquí nos interesa.

Por otro lado, a lo que sí me voy a referir es a lo que podríamos llamar como la racionalidad con respecto al orden jurídico. Resulta pues, siguiendo a Zabludovsky, que la justicia formal repele, lógicamente, a cualquier poder autoritario porque debilita la sumisión del individuo de la libre gracia y el poder de autoridades. Así, a los regímenes patrimoniales, les es inadmisible cualquier proceso jurídico que no se decida por el poder público sino por la disputa racional entre las partes. En la gestión formal de justicia, los jueces no fuerzan a las partes a hacer nada que no pidan por sí mismos. Es por ello, que este derecho no alcanza a asegurar la necesidad de una mayúscula realización de exigencias materiales:

La libertad de las partes –garantizada al grado máximo por la justicia formal- tiene que producir siempre, en virtud de la desigualdad con que se halla dividido el poder económico legalizado por ella, la consecuencia de que los postulados materiales de la ética religiosa o de la razón política se encuentren vulnerados[12].

2.2 Racionalidad material de la economía

A diferencia de la anterior, se llama racionalidad material al nivel en el que el abastecimiento de bienes dentro de un conjunto de personas, y sin importar sus límites, se produce a través de una acción social de carácter económico, orientada por específicos postulados de valor, cualquiera que sea su clase, de tal forma, que aquella acción fue contemplada, lo será o puede serlo, a partir del enfoque de tales postulados de valor. Weber apuntará además, que estos postulados de valor: “son en extremo diversos”[13].

El concepto de la racionalidad material, a diferencia de la anterior, es un concepto equívoco. La racionalidad material no se conforma con el hecho inequívoco y solamente formal de que se actúe y se calcule de modo racional con arreglo a fines y con el solo uso de los medios factibles técnicamente más adecuados. La racionalidad material se plantea exigencias éticas, políticas, utilitaristas, hedonistas, estamentales, igualitarias o de cualquier otra índole; por ello, en la racionalidad material se miden las consecuencias de la gestión económica con arreglo a valores o a fines materiales. En la racionalidad material, los puntos de vista valorativos son, en principio, ilimitados. Puede darse una crítica ética, ascética, y estética de la conciencia económica y de los medios económicos. Para la racionalidad material, la función puramente formal del cálculo en dinero, posiblemente le sea subalterna o hasta enemiga de sus postulados.

Weber dice que lo material es también un concepto formal, es decir un concepto genérico abstracto:

En ‘oposición’ al desarrollo de tipo burocrático occidental, en donde la igualdad jurídica y la exigencia de garantías contra la arbitrariedad requiere de una objetividad racional formal por parte del régimen de gobierno, los poderes patriarcales y teocráticos se rigen, primordialmente, por una racionalidad de tipo material. (…) en la dominación patrimonial la mayoría de las cuestiones jurídicas se abordan desde el punto de vista de la eficiencia política o de la justicia sustancial y, por lo tanto, desatienden cualquier requisito de procedimiento formal o de congruencia lógica que pueda limitar sus actos[14].

Por su parte, entender la racionalidad con respecto al orden jurídico, podemos referirnos a la dominación patriarcal[15], ya que esta, primeramente, se relaciona con la ley primitiva y, luego, con el ascenso de la autoridad de príncipes y magistrados, se abre un proceso de racionalización que lleva a la creación de una ley de tipo tradicional con normas establecidas. Eso sí, el interés de las autoridades políticas y de los súbditos se mantiene concentrado, en mayor grado, sobre el contenido particular, más que en el universal de las normas. Hay un predominio de su racionalidad sustantiva sobre la formal; entonces, una ley es de naturaleza sustantiva, y no formal, en tanto que la legalidad y la ética no estén diferenciados: “(…) el ejercicio de la ley depende entonces de preceptos morales”[16]. Weber precisará que la producción del derecho y su aplicación pueden ser racionales o irracionales; desde el punto de vista formal el derecho es irracional si es que para la ordenación de la creación de normas o de la actividad judicial se invoca a procedimientos no dirigidos racionalmente, como, por ejemplo, los oráculos o similares. Es decir, esas acciones son irracionales, desde el punto de vista material, cuando la resolución de los distintos casos se encuentren sometidos fundamentalmente a consideraciones valorativas concretas de carácter ético, sentimental o político y no de preceptos generales:

La creación y la aplicación del derecho pueden también ser racionales, en sentido formal, o en sentido material. Todo derecho formal es, cuando menos, relativamente racional. Un derecho es ‘formal’ cuando lo jurídico material y lo jurídico procesal no tienen en cuenta más que características generales, ‘unívocas’, de los hechos[17].

Zabludovsky refiere que Weber desarrolló conexiones entre la racionalización formal y sustantiva de la ley, las formas estructurales de dominación y, las consecuentes relaciones entre el poder, la ética y la legalidad. La diferenciación funcional entre ética y legalidad admite que las dos poseen un armazón propio que les posibilita elegir libremente, al menos en cierto nivel, su recíproca dependencia. Esto es factible solo cuando la ética se ha desenvuelto como una ética de responsabilidad y la ley se ha transformado en una ley positiva. La positividad de la ley está sujeta a que esta no esté determinada por tradiciones u oráculos, sino que se repute como resultado de un concierto humano. Actualmente las leyes se afirman en la separación entre la aplicación de las normas y sus argumentos éticos determinados; los preceptos legales acotan las propensiones privadas y, la formalidad, determina los ámbitos donde los individuos pueden legitimarse y practicar su libre elección. Ahora bien, la positividad, el legalismo y la formalidad que proporcionan soporte al régimen jurídico actual necesitan de principios autónomos, lo que comporta el repudio hacia aquellos principios y posiciones que estén subordinadas a una autoridad anticipadamente constituida por tradiciones morales y por fines dados. Luego, se puede decir que, en principio, las leyes están sometidas a la crítica y a la exigencia de tener que estar justificadas. Así, resulta que la racionalización formal de la ley en el Estado moderno necesita de un desglose entre la administración técnica y las cuestiones de su justificación:

En el patrimonialismo esto no puede darse porque se trata de un tipo de dominación que borra los límites entre la ‘creación del derecho’, la aplicación del mismo y el ‘gobierno (…). Weber hace suyas las tesis de Montesquieu sobre la importancia de la división de poderes como requisito indispensable para el desarrollo del ‘Derecho Público’. De allí que toda imposición de un juez por un gobernante imposibilite la racionalidad formal en los procedimientos legales. Como esta situación tiende a darse en el patrimonialismo el resultado es la consecuente confusión patriarcal entre justicia y administración[18].

Para Weber la racionalidad formal y la racionalidad material, en principio discrepan en toda circunstancia, aunque en la práctica se dan muchos casos particulares en que sí coinciden. Esto es así porque la racionalidad formal de cálculo en dinero no dice nada sobre la naturaleza de la distribución de los bienes naturales; la naturaleza de la distribución de los bienes naturales, requiere siempre de una consideración particular. Como criterio racional, desde el enfoque de la producción de un determinado mínimo de aprovisionamiento material para un número máximo de hombres, se da la coincidencia entre la racionalidad formal y la racionalidad material, por razón del tipo de estímulos que ponen en movimiento la única clase de acción social económica que es conveniente al cálculo en dinero. Entonces, únicamente conectándose con la forma de distribución de los ingresos puede manifestarnos algo, la racionalidad formal, sobre la forma del abastecimiento material[19].

3 RACIONALISMO Y CAPITALISMO

Luego de lo que que he desarrollado hasta el momento, ya puedo afirmar que las circunstancias para que surta una racionalización formal perfecta, se ajustan, muy bien, a las particularidades del sistema capitalista. Siendo así, resulta que, para Weber, la racionalidad formal únicamente se puede dar en la política del libre cambio, es aquí donde se hace posible el calcular. Weber rastrea la racionalización societaria desde la observación de la acción racional volitiva del empleador según como se instaura en la sociedad capitalista. Esto lo lleva a Weber a verificar que la institucionalización del trabajo formalmente voluntario -que es lo que posibilita el avance de la capacidad técnica- se produce en Occidente. En este sentido es que se expresa Zabludovsky y dice que:

(…) para explicar el proceso de institucionalización de la economía racional Weber no se apoya en la teoría del trabajo y del valor sino en el estudio de la ética vocacional de la cultura profesional del protestantismo y del moderno sistema legal[20].

Es el derecho racional, entendiéndolo como el derecho calculable, el que constituye, para Weber, la premisa del capitalismo y, si se quiere, de nuestro mundo actual. La institución capitalista económicamente racional, para sus fines, debe ser juzgada y administrada de manera calculable. El derecho racional debe contar con una posibilidad de cálculo completa del funcionamiento del ordenamiento administrativo y jurídico, y con la garantía de una seguridad puramente formal de todas las estipulaciones de parte del poder político. Weber desvela el nexo que existe entre capitalismo moderno, estado moderno y derecho racional-formal. Este vínculo es considerado: “(…) como un elemento y al mismo tiempo como un producto del desarrollo político propio del Occidente moderno”[21].

La racionalidad del capitalismo moderno está directamente vinculada a la posibilidad del cálculo de los costes y beneficios, que hace posible la evaluación en precios monetarios de los bienes intercambiados. El formalismo del derecho moderno, al igual que el formalismo de la gestión política burocrática, conforman un orden similar de economía calculable, en tanto que el formalismo del derecho moderno y el formalismo de la gestión política burocrática proporcionan a las organizaciones un nivel de pronóstico y de proyección, que no existía en el otrora de los tiempos. En este mismo sentido se expresa Catherine Colliot-Thélène, para quien esta situación establece la solidaridad mutua de los tres espacios de acción:

El derecho racional moderno constituye el entorno jurídico más adecuado para el despliegue de la economía capitalista moderna, y éste mismo derecho supone la garantía de un poder cuyo modo de ejercicio está libre de arbitrariedad[22].

Así, resulta que el capitalismo racional de la modernidad requiere de procedimientos técnicos y calculables y, a su vez, requiere de un derecho previsible así como de una administración conducida por preceptos formales.

Siendo lo anterior cierto, resulta claro también, que la subordinación a la tradición y al arbitrio así como la mayor racionalidad material del patrimonialismo, son cuestiones que dañan grandemente el desarrollo del capitalismo. Esto es así, porque cuando no se cuenta con un derecho formal y con una administración racional, se obstaculiza la evolución del capitalismo acometedor que necesita de reglas formales que se puedan vaticinar. La empresa capitalista es muy suspicaz a normas irracionales que no le permitan la posibilidad de calcular con cierto margen de fiabilidad. El cálculo racional y predecible del capital no se produce si no existe la racionalidad formal y jurídica. Se puede decir que fue por el ser humano racional que se propiciaron los grandes cambios en el mundo. El desarrollo del capitalismo influye en la evolución de la ciencia; la aparición del capitalismo y de la ciencia están estrechamente relacionados, más no como una simple relación de causa efecto. Sin embargo, en los comienzos del capitalismo, lo que dominaba fue el factor económico, aunque las condiciones de su nacimiento hicieron necesaria y posible la ciencia experimental. Luego de un tiempo, sucederá el efecto contrario. Sobrevendrían los éxitos de la ciencia y con ello el gran progreso técnico que llevaría a la revolución industrial. Así, se explica cómo es que en la historia el progreso tecnológico y científico resulta mucho más relevante que los acontecimientos políticos y económicos de la época. El capitalismo representaría solo una etapa en el tiempo de la evolución económica de la sociedad; mientras que la ciencia representa una conquista permanente de los seres humanos. Weber se fijará más en la situación del influjo de la ciencia hacia el capitalismo. El mismo Weber reconoce que el capitalismo moderno lleva consigo, en su crecimiento, la influencia de los adelantos de la técnica; la racionalidad del sistema capitalista está fundamente limitada por las probabilidades técnicas de hacer un cálculo cabal y preciso; o sea, por las probabilidades de la ciencia occidental como las ciencias naturales exactas y racionales, de fundamento matemático y experimental. Al mismo tiempo, el avance de estas ciencias y de la técnica fundada en ellas: “(…) debe grandes impulsos a la aplicación que, con miras económicas, hace de ellas el capitalista, por las probabilidades de provecho que ofrece”[23]. Los adelantos técnicos han mejorado las herramientas de la que se sirve el ser humano para la fabricación de bienes, alienta el ánimo capitalista e impulsa su entusiasmo. Esto hace que se desvele y fomente el ímpetu empresarial y, con ello, se fortalece la idoneidad de transformación, de mejora y de progreso. Asimismo, los avances técnicos favorecen el acierto y el cálculo preciso de los métodos y de las metas fijadas; no obstante, es muy posible que, en este marco, los valores morales terminen realmente eclipsados[24].

Luego las características del capitalismo racional serían entonces:

1. Apropiación de todos los bienes materiales de producción (la tierra, aparatos, instrumentos, máquinas, etc.) como propiedad de libre disposición por parte de las empresas lucrativas autónomas. (…); 2. La libertad mercantil, es decir, la libertad del mercado con respecto a toda irracional limitación del tráfico; estas limitaciones pueden ser (…) cuando por ejemplo, se establece que el habitante de la ciudad no pueda poseer haciendas como un caballero, ni el caballero o campesino dedicarse a la industria, no existiendo por consiguiente, un mercado libre del trabajo ni un libre mercado de productos; 3. Técnica racional (…); 4. Derecho racional, esto es, derecho calculable. Para que la explotación económica capitalista proceda racionalmente precisa confiar en que la justicia y la administración seguirán determinadas pautas. (…); 5. Trabajo libre, es decir, que existan personas, no solamente en el aspecto jurídico sino en el económico, obligadas a vender libremente su actividad en un mercado. Pugna con la esencia del capitalismo –siendo, entonces, imposible su desarrollo-, el hecho de que falte una capa social desheredada, y necesitada, por tanto, de vender su energía productiva, e igualmente cuando existe tan sólo trabajo libre. Únicamente sobre el sector del trabajo libre resulta posible un cálculo racional del capital, (…) cuando existen obreros que se ofrecen con libertad, en el aspecto formal (…); 6. Comercialización de la economía, bajo cuya denominación comprendemos el uso general de títulos de valor para los derechos de participación en las empresas, e igualmente para los derechos patrimoniales[25].

Calcular, prevenir y conocer siempre el estado de los negocios, y atender al ajuste entre activo y pasivo, son cuestiones fundamentales en la racionalización del capitalismo como mercado. Conseguir el lucro en un escenario racional de tipo capitalista, impica que el cáculo del capital es un elemento fundamental; es decir, que la actividad de cálculo se incorpora en una sucesión programada de cosas útiles reales o personales como instrumento adquisitivo. Luego, en el cálculo final, el valor de los bienes apreciables en dinero tendrá que superar al capital; lo que quiere decir, que el valor de estimación de los medios adquisitivos reales que se emplearon para la adquisición por cambio, deben, entonces, incrementarse incesantemente con la vida de la empresa[26].

Ya, a estas alturas de lo que he desarrollado, puedo afirmar que en los tiempos actuales el poder del capitalismo, y su racionalización económica, es lo que viene determinando nuestra vida moderna. El capitalismo económico racionalizado intenta imponerse –y en la mayoría de las veces se logra imponer- por sobre cualquier creencia o valor que se aleje de sus propugnas y principios, para quedar él como la única creencia “razonable y necesaria”. Así las cosas, vemos que es característica de nuestra actualidad la negación, por ejemplo, a la creencia de divinidades en el mundo ya que existe la tendencia a racionalizar todo; es decir, la predisposición a tener que entender todo desde una lógica intelectual que nos permita identificar las cosas y sucesos del mundo desde un punto de vista objetivo y puramente técnico-mecánico, donde la dominación encuentra aquí su último fundamento para entender su sentido de ser y de verdad. En este sentido Ruano de la Fuente dice que:

La autoperpetuación del sistema capitalista para Weber no precisa ya de elementos ideológicos, sino puramente mecánico-adaptativos: la alternativa es o ser parte de la maquinaria sin alma o experimentar el látigo del hambre[27].

Max Weber en 1913 ya advertía -o, si se quiere, presagiaba nuestra actualidad- que la validez empírica de un orden racional, cabalmente, se sostiene en el asentimiento de la aprobación de lo habitual, lo adquirido, lo inculcado, lo que siempre se repite. Desde el punto de vista subjetivo, la conducta deriva en un actuar en masa, medianamente parejo y sin observancia de sentido alguna. De esta manera, el progreso de la diferenciación social y de la racionalización, evidencia un alejamiento constantemente acentuado en el conjunto. Por tanto, esta racionalización no produce una universalización del conocimiento de los condicionamientos y conexiones del actuar en comunidad sino, casi siempre, todo lo contrario. Para Weber un salvaje conoce acerca de la situación económica y social de su propia existencia muchísimo más que el llamado civilizado. Tampoco es verdad que el actuar de los llamados civilizados se conduzca, en lo subjetivo, de forma totalmente racional con relación a fines. Ahora bien, Weber precisa que la calificación concreta de “racional” que se le otorga al llamado “civilizado”, en contradicción al “salvaje”, se debe a:

1) la fe generalmente admitida en que las condiciones de su vida cotidiana –tranvía, ascensor, dinero, tribunales, ejercito o medicina- son, por principio, de naturaleza racional, es decir artefactos humanos susceptibles de conocimientos, creación y control racionales, lo cual tiene algunas importantes consecuencias en cuanto al carácter del ‘consenso’, y 2) la confianza en que ellas funcionan racionalmente, es decir de acuerdo con reglas conocidas, y no irracionalmente, como es el caso de las potencias sobre las cuales quiere influir el salvaje por intermedio de su hechicero, y en que, al menos en principio, es posible ‘contar con’ ellas, ‘calcular’ la propia conducta, orientar la propia acción según expectativas ciertas, engendradas por ellas. Y aquí reside el interés específico de la ‘empresa’ capitalista racional por los ordenamientos ‘racionales’, cuyo funcionamiento práctico puede calcular, en cuanto a sus chances, lo mismo que el de una máquina[28].

4 RACIONALISMO, ESTADO Y DIRECCIÓN EMPRESAS

Weber reconocía el carácter competitivo del capitalismo con respecto a la dirección de la empresa, además del carácter rígido con el que debía de ser dirigida, tanto en los asuntos contables como en todo lo demás. Weber ubica en la disciplina militar la inspiración para dirigir la empresa económica:

No necesita demostración especial el hecho de que (…) la ‘disciplina militar’ ha sido el patrón ideal (…) de las empresas industriales capitalistas modernas. (…) El aparato psicofísico del hombre es aquí completamente adaptado a las exigencias que le plantea el mundo externo, el instrumento, la máquina, en suma, la función. De este modo se despoja al hombre del ritmo que le impone su propia estructura orgánica, y mediante una sistemática descomposición según las funciones de los diversos músculos y por medio de la creación de una economía de fuerzas llevada hasta el máximo rendimiento, se establece un nuevo ritmo que corresponde a las condiciones del trabajo[29].

La disciplina es una necesidad que sustenta el ejercicio de la actividad en la sociedad industrial. Weber, por su carácter de jerarquías, relaciona a la organización militar como una referencia próxima a la organización económica. Sin embargo, la idea última de disciplina a la que apela Weber, como sostén del capitalismo, es la que surge de la filosofía del ascetismo.

Para Weber, la empresa económica capitalista de los ascetas puritanos requiere de un Estado que también sea capitalista. Weber identifica al Estado con la figura de la empresa, pues para él desde el enfoque de la sociología, el Estado moderno es una empresa, tal cual, y como si fuera una fábrica: “(…) en esto consiste precisamente su rasgo histórico específico. Y se halla asimismo condicionada de modo homogéneo (…) la relación de poder en el interior de la empresa”[30].

El Estado entendido como empresa, al igual que la empresa entendida como negocio, tiene como instrumento eficaz para su funcionamiento a la racionalización. Esta racionalización sería útil tanto para las negociaciones económicas, como para cualquier asunto relacionado con los ciudadanos de Estado (tales como los asuntos sobre las libertades, sobre las prohibiciones, sobre la política en general, sobre la distribución de la riqueza, etc.). En este sentido, el Estado-empresa ejerce sus diversas gestiones a través de un derecho racional que sanciona y de una burocracia que ejecuta. Siendo así, Weber afirma que es en el Estado racional, el único en el que logra triunfar el capitalismo de la modernidad: “Se funda en la burocracia profesional y en el derecho racional”[31]. Como vemos, para Weber burguesía, Estado y capitalismo guardan una estrecha relación. El Estado es el escenario jurídico, político y territorial donde la burguesía ejerce sus operaciones para lograr una ganancia de capital. Esta trilogía weberiana –Estado, burguesía y capitalismo-, solo puede subsistir dentro de un Estado nacional, más no dentro de un Estado universal. Es decir, que la figura de Estado-burguesía-capitalismo únicamente logra sostenerse dentro de un orden nacionalista:

La lucha permanente en forma pacífica o bélica, de los Estados nacionales en concurrencia por el poder creó para el moderno capitalismo occidental las mayores oportunidades. Cada Estado particular había de concurrir por el capital, no fijado a residencia alguna, que le prescribía las condiciones bajo las cuales le ayudaría a adquirir el poder. De la coalición necesaria del Estado nacional con el capital surgió la clase burguesa nacional, la burguesía en el sentido moderno del vocablo. En consecuencia, es el Estado nacional a él ligado el que proporciona al capitalismo las oportunidades de subsistir; así, pues, mientras aquél no ceda el lugar a un estado universal, subsistirá también éste[32].

Existe entonces, en la crítica weberiana, un reconocimiento a la existencia de una relación de necesidad existencial entre Estado, burguesía, capitalismo y nacionalismo, al menos en los inicios de su fortalecimiento. Por lo tanto, para mantener estos cuatro componentes, el capitalismo lucha contra cualquier institución o figura que conlleve a tentaciones universalistas y a cualquier institución que vaya en contra de estos cuatro componentes (los derechos humanos, por ejemplo).

Otro de los enemigos que Weber advierte contra el poder capitalista burocratizado, es la figura del socialismo[33]. Weber opina que el socialismo, entendido como economía colectiva, convertiría al sistema económico en un sistema donde no habría lucro ni anarquía de la producción, es decir no habría competencia de empresarios. Weber sostiene que la intervención del Estado en la industria, no significa un control de la industria por el Estado sino un control del Estado por la industria, mediante un acuerdo obligatorio de los empresarios de cada sector y la implicación del Estado en esos acuerdos y en sus beneficios, a lo que el Estado retribuirá otorgándoles un extenso derecho de control: “(…) no significaría un control de la industria por el Estado sino un control del Estado por la industria, y de una manera muy desagradable”[34].

5 RACIONALISMO Y LA LUCHA DE UNOS CONTRA OTROS

Una de las formas de coacción como herramienta para la inclinación al trabajo, weber la sitúa en la posibilidad de perder los medios de vida en caso de productividad escasa. Esta forma de coacción, se canaliza sobre el propio interés y obliga a la libertad de selección, en atención del rendimiento y productividad; lógicamente, dentro del marco del mayor beneficio que se pueda obtener. Eso sí, el requisito precedente que debe existir es que los trabajadores estén despojados de los medios de producción y desamparados a la competencia y a la pugna por las expectativas de salario; por tanto: “(…) supone la protección coactiva de la apropiación de los medios de producción llevada a cabo por los propietarios”[35]. Resulta curioso, como para Weber, al tratar de la economía racional, la coacción, que por sí misma es un elemento irracional, se transforma en algo necesario.

Weber, como se puede ver, nos advertía de un concepto de libertad de empresa y de libre competencia y, con ello, de cruda competencia en el plano económico. Él ve a los trabajadores desde un enfoque dinámico y combativo en la lucha de sus intereses; no los ve con una visión protectora. Para Weber la existencia del capitalismo representa el conducto de decisiones de la actividad de los seres humanos. La lucha por ser mejor, no por la existencia misma, sino por obtener más, es lo que origina la competencia. Por esta competencia de conseguir más, se deriva en lucha de seres humanos: “El cálculo de capital en su estructura formalmente más perfecta supone, por eso, la lucha de los hombres unos contra otros”[36]. La lucha por ser mejor y la consiguiente competencia que deriva en una lucha de seres humanos, unos contra otros, nos permite suponer -o al menos debiera de ser así- que antes de decidirse por esta lucha para ser el más competitivo o el mejor -el que tiene más-, en la posturas de cada quien, se producen conflictos para decidirse entre los bienes mundanos o los bienes que nos permiten ser más justos con los demás; conflictos, entre adherirnos a los principios que enmarcan la conducta racional o a los principios de igualdad sin el interés por la competencia desmedida para sacear la sed de ser el que tiene más; decidirse entre una ética de responsabilidades -que calcula el valor de la acción en razón de sus consecuencias previsibles-o decidirse por una ética de convicción -por la que la voluntad misma es razón para la validez de la acción-. Se puede afirmar que la perspectiva del capitalismo, nos impone el conflicto de decidir entre la felicidad de lo mundano y la moralidad de lo humano; es decidirse, o no, por la felicidad de bienes sin importar las consecuencias o lo que haya que hacer para conseguirlo. La felicidad del racionalismo económico capitalista nos impone una lucha sin interrupción, la que debemos y tenemos que lidiar para equipararnos a las exigencias de la actualidad.

Ahora bien, es cierto que Weber postula un sustento teórico de la sociedad de consumo, pero al mismo tiempo nos advierte de los males de la misma. Esta es la doble cara de la evolución del racionalismo económico de occidente. Así pues, Weber parece hacer un llamado a la toma de conciencia del talante siniestro en el que puede desenvocar un capitalismo descontrolado y sin límites; un capitalismo, que no es más que seres humanos actuando en el mundo irresponsablemente y sin conciencia del valor de nuestra humanidad. Hay que tener conciencia de la sombra que se hace en el mundo para tapar determinados efectos de la racionalidad en la práctica económica y, como dice Ruano de la Fuente:

“(…) conciencia de la ‘irracionalidad ética del mundo’, conciencia de su no-armonización con las aspiraciones humanas, del hiato frecuente entre lo que el ser humano anhela y pone en marcha, y los resultados que la lógica del mundo impone”[37].

Debo dejar claro que Weber no es un apologista del capitalismo, nada más lejos de la verdad. Por el contrario, lo que hace Weber es captar el efecto discriminatorio, a menudo implícito, del capitalismo y de las instituciones jurídicas que lo sostienen detrás, las que solo quieren dotar, a este sistema, de una aparente neutralidad. Lo que también admite Weber es que la garantía jurídica se encuentra al servicio de los intereses económicos y, con ello, como lo apunta Antonio Bruno, los intereses económicos:”(…) se encuentran entre los más potentes factores que influencian la formación del Derecho”[38]. La posibilidad de entrar en otras relaciones contractuales -y también la posibilidad de elegir entre un número creciente de esquemas de que el Derecho prevé para la asociación-, en el sentido más amplio de la palabra, está en el Derecho moderno enormemente aumentado con respecto a lo que sucedía en el pasado, al menos en el ámbito del cambio de bienes, el del trabajo personal y el de las prestaciones de servicios. Luego, y así lo apunta Weber, sería imprudente establecer si tal proceso, de naturaleza específicamente técnico-jurídica, ha llevado al resultado de aumentar la libertad de parte del individuo o de determinar las condiciones de su misma existencia o si, en cambio, a pesar de eso, o quizás en parte a causa de eso, se ha acentuado la tendencia hacia una esquematización coercitiva de la existencia. Una cuestión semejante, no puede ser decidida solamente con base en el desarrollo de las formas jurídicas[39].

Weber también rechaza cualquier tentativa de traducir, acríticamente, en la realidad social abstractos principios jurídicos, poniendo de relieve una importante función latente del principio de la libertad contractual. En este sentido, se refiere al derecho formal de un trabajador de concluir con un empresario su contrato de trabajo, que no implicaría para el desempleado la menor libertad en la adhesión de las condiciones de trabajo, ni tampoco le garantiza el poder influir en la determinación de las mismas. Lo que de sus derechos formales resulta, en primer término, es, simplemente, la posibilidad de los que en el mercado son más poderosos –en este caso normalmente el patrono- de determinar a su albedrío estas condiciones, ofrecerlas al desempleado para su aceptación o repulsa o -cuando la urgencia económica es más fuerte de la oferta de trabajo- imponerlas al solicitante. El desenlace de la libertad contractual es, en primera instancia, el comienzo de probabilidades de usarla, por medio de una astuta aplicación de la propiedad de los bienes en el mercado y salvando todas las barreras jurídicas, como instrumento para procurarse poder sobre otros:

Los interesados en adquirir el poder comercial son los mismos interesados en un orden jurídico semejante. En su interés reside primordialmente el establecimiento de ‘normas facultativas’ que ofrecen esquemas de convenio válidos, los cuales, desde el punto de vista de la libertad formal, son accesibles a todos, aun cuando de hecho están a disposición de los propietarios y en realidad sólo garantizan su autonomía y la posición de poder en que se hallan”[40].

6 EL CARÁCTER IMPERSONAL DEL RACIONALISMO ECONÓMICO

Lo primero que hay que notar, es que Weber usa a la religión, como sustento moral del racionalismo económico, pero también la usa para fijar los límites de la economía capitalista. Lo segundo que hay que notar, en la crítica que hace Weber al capitalismo moderno, es que el dinero que debería ser un medio, se transforma en un fin, marcando de esta forma el carácter irracional del racionalismo.

Luego, la ganancia de dinero simboliza el resultado y el testimonio de la virtud en el trabajo; esta idea: “(…) es la más característica de la ‘ética social’ de la civilización capitalista, para la que posee, en cierto sentido, una significación constitutiva”[41]. Esta característica ético-social se opone a lo ético-religioso y acaba desmarcando la diferencia entre la ética y el negocio. Así se presentan dos situaciones contrarias de la racionalidad: lo racional ético, es irracional económico, y lo irracional ético, es racional económico. La naturaleza impersonal de los meros vínculos de negocio -racionales desde el enfoque económico y, por ello, irracionales desde el punto de vista ético- colisiona: “(…) en las religiones éticas, con un sentimiento de desconfianza nunca claramente expresado pero tanto más seguro”[42]. Al contrario de las otras formas de dominio y por su talante impersonal: “(…) el dominio económico ejercido por el capital no puede reglamentarse desde el punto de vista ético”[43]. Es pues la característica más importante del espíritu del capitalismo moderno, el afán de conseguir más y más ganancia, pero no como un medio, sino como la finalidad de su vida. La obtención inacabable de más y más dinero, es algo tan virtuosamente imaginado como fin en sí, que surge como algo completamente trascendente e, inclusive, irracional de cara a la felicidad o utilidad del individuo en particular. El lucro no es un instrumento para la complacencia de las necesidades vitales materiales del ser humano, sino que más bien este debe buscar ganancias, porque tal es el fin de su vida:

Para el común sentir de la gente, esto constituye una “inversión” antinatural de la relación entre el hombre y el dinero; para el capitalismo, empero, ella es algo tan evidente y natural, como extraña para el hombre no rozado por su hálito[44].

En este sentido, Giddens dirá que el espíritu del capitalismo moderno está caracterizado por la dedicación a la ganancia de dinero y por el convencimiento en el valor de la ejecución eficiente de esta dedicación y esto se toma: “(…) como un deber y una virtud, de la vocación profesional que se ha escogido”[45].

Ahora bien, las leyes del capitalismo, nos lo dice Weber, son rígidas y se oponen a cualquier sentimiento de misericordia que surge de la moral religiosa. Por ello la virtud religiosa se convierte en virtud en contra de la economía y el capital termina por desligarse de la religión. Cualquier vinculación entre seres humanos es susceptible de ser reglada éticamente; pueden incluirse en las relaciones entre individuos proposiciones éticas, ya que su configuración obedece al consentimiento individual de los que participan en la relación. Siendo de esta manera la relación, Weber afirma que, ella otorga la posibilidad para la virtud de la caridad. Sin embargo, no sucede lo mismo en las relaciones racionales de negocio. Las relaciones del tenedor de una obligación hipotecaria con el deudor de un banco hipotecario, o de un accionista con los trabajadores de la fábrica, no están regladas de hecho en sentido caritativo, ni son susceptibles, en principio, de dicha reglamentación. La socialización económica racional es invariablemente objetivación en este sentido:

(…) no es posible dominar un cosmos de acciones societarias objetivo-racionales con exigencias caritativas a determinadas personas. El cosmos objetivado, despersonalizado, del capitalismo no ofrece en absoluto ningún lugar para ello[46].

Para Weber, entonces, en el capitalismo económico racional, no hay lugar para la moralidad caritativa ya que el ser humano caritativo no es un ser humano competitivo, y porque el ser humano competitivo es el principal agente en la gestión económica. En este escenario, es claro que el altruismo tampoco tiene espacio en el racionalismo económico del capitalismo moderno. Para Weber, la particulares normas del capitalismo son rígidas y sin posibilidad de excepciones. En la idea del capitalismo racional que explica Weber, no hay lugar para posturas humanistas. Esta falta de posturas humanistas hace que se llegue, las más de las veces, a posturas irracionales donde el ser humano termina siendo solo una pieza tecnificada y sin humanidad (cual cosa), cuya utilidad se limita a la consecución de mayor riqueza para la gran máquina capitalista económicamente racional:

(…) el capitalismo (…) lo que necesita es un derecho con el que se pueda contar lo mismo que con una maquina (…) La creación de semejante derecho se consiguió al aliarse el Estado moderno a los juristas, para imponer sus ambiciones de poder[47].

En este sentido, Colliot-Thélène, precisará que el enunciado “sin consideración de la persona”, es la contraseña del negocio capitalista; siendo así, el carácter específico que favorece el crecimiento del capitalismo, se asienta en la anulación de todas las apreciaciones afectivas concernientes a las personas; estos afectos y sensibilidades: “(…) deben ser consideradas como ‘irracionales’ en la medida en que ‘se libran del cálculo’”[48]

El racionalismo económico del capitalismo conmociona también la relación del ser humano con las cosas, porque la producción masiva de productos –propia del capitalismo- implica dejar a la cosa desprovista del carácter personal que sí se le da cuando la producción no es masiva. El trabajador que produce un determinado objeto deja impregnado en este su personalidad; sin embargo, el trabajador de la modernidad industrial no logra imprimir nada de su personalidad en condiciones de producción masiva. El trabajador de la modernidad, por la racionalización técnica de la industria, termina convertido en un individuo anónimo y en una cosa más solo necesaria para el aumento de la producción. La racionalización de la forma de producción: “(…) se halla a la base de toda técnica racional moderna –sistematización de la explotación para convertirla en una economía lucrativa racional-, de todo el capitalismo moderno”[49].

7 CONCLUSIONES

1) En el capitalismo económico racionalizado, el empresario que dirige una empresa es el único que se logra desarrollar con plenitud o, dicho de otra forma, el que lograría plasmar su vocación con mayor, o si se quiere, verdadera libertad; sin embargo no se debe perder de vista que el único empresario que logra realmente esto, es el que maneja el mercado según como mejor le parece, es decir, el gran empresario como el de las transnacionales y el de las grandes corporaciones. Esto es así porque al empresario común le resulta imposible imponerse, no teniendo otra opción que el de someterse a los intereses productivos y de mayor rentabilidad de los grandes grupos económicos, convirtiéndose así, el empresario común, en un “peón” más de un juego de intereses más grandes y ajenos a él.

2) No niego que el sistema capitalista sea el que responde mejor a la propia naturaleza humana -que es competitiva y que busca el permanente reconocimiento-; no obstante, el descontrol en el que suelen caer los que dominan y dirigen este sistema económico, provoca en el capitalismo una patología que se puede identificar con la pleonexía platónica de La República donde el apetito insaciable por el lucro y las cosas materiales hace que los individuos pierdan la conciencia de su propio espíritu humano y el de todos los demás. Esta es una patología del comportamiento humano; sin embargo, para la modernidad, el lucro y los bienes materiales son, sino los únicos, los mayores sinónimos de triunfo en la vida de cada sujeto.

3) Este apetito insaciable provoca la insatisfacción de los sujetos, lo que los lleva a la ambición de anhelar siempre más de lo que ya tienen.

4) Si queremos acercarnos al mejor de los mundos posibles, se trata, entonces, de que el racionalismo económico, siendo impersonal, no derive a situaciones irracionales que restrinjan la libertad de unos frente a otros. El racionalismo debe implicar una revolución de las estructuras sociales donde, gracias a él, la libertad se vea acrecentada y donde el ser humano tome las riendas, y con respeto, de todo aquello que lo rodea.

5) Es la racionalización la que debe estar al servicio de la libertad del ser humano, y no el ser humano el que esté al servicio de la racionalización. La racionalización, tiene su anverso y su reverso; acaso: “(…) el quid de la cuestión esté, no en que el hombre se ponga incondicionalmente al servicio de la racionalización, sino en que ésta sea un instrumento de la libertad del hombre”[50].

6) Un capitalismo descontrolado, es aquel que pierde su sentido de responsabilidad sobre el respeto que tiene que mantener hacia las situaciones humanas, entendidas, todas ellas, como los mayores valores y límites a proteger. Con esto no estoy proponiendo que se ejerza un control intervencionista, acérrimo e intransigente sobre el sistema económico de los Estados modernos y, mucho menos, que se elimine o se deje fuera de juego al sistema capitalista o que se prohíba su uso en el intercambio económico de las sociedades.

7) El mayor problema, y es la causa de mi crítica, es que al dominio económico, ejercido por el capital irresponsable, no le preocupa reglamentarse desde el punto de vista ético y desde la consciencia de los valores humanos. Las leyes del capitalismo racional son rígidas y se oponen a cualquier sentimiento de misericordia. Por ello la virtud misericordiosa se convierte en virtud en contra de la economía, y el capital termina por desligarse de ella. En el capitalismo económico racional no hay lugar para la moralidad caritativa, en primer lugar, porque el ser humano caritativo no es un ser humano competitivo y, como consecuencia de ello, y en segundo lugar, porque el ser humano competitivo es el principal agente en la gestión económica. Tampoco hay lugar para el altruismo ni para posturas humanistas si lo que predomina es un capitalismo óptimamente racionalizado en su gestión de lucro pero irresponsable y desinteresado en todo lo demás.

8) El sistema capitalista -como cualquier otro sistema económico- no tiene existencia propia o abstracta; somos los seres humanos los que lo dirigimos y lo decidimos hacia uno u otro sentido. De hecho, sigo creyendo que el sistema capitalista es el que mejor se corresponde con la naturaleza competitiva propia del ser humano. Entonces, el problema no está en el sistema capitalista; el problema está en las decisiones que toman aquellos seres humanos que lo deciden; por ello, lo que toca es hacer de los individuos seres humanos conscientes, respetuosos y responsables del valor de su propia humanidad, del de todos los demás y de todo lo demás que nos rodea. Y esto, por cierto, solo se logra, forjando a los individuos, desde pequeños, con educación, educación y más educación.

9) Es la falta de convicción sobre los valores y derechos humanos lo que provoca consecuencias irracionales. El ser humano de la modernidad ve reducida su importancia y valor a la mera utilidad de la gran máquina capitalista económicamente racional. Desde una racionalización industrial se deriva hacia una realidad que resulta reprochablemente irracional. Por eso es que hay que tener la conciencia y la convicción de que somos parte todos de uno y cada uno lo somos de todos y, por ello, la situación de los demás es algo que me concierne, que debo respetar y nunca perjudicar. Esto es la teoría vinculatoria de la empatía del reconocimiento[51]: ponerse en el lugar de los otros, porque esos otros también somos nosotros, indefectiblemente vinculados por nuestra esencia de humanidad.

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Notas de Rodapé

[1] Licenciado en Derecho: Universidad de San Martín de Porres; Máster en Derechos Fundamentales, Especialista en Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Máster en Estudios Avanzados en Derechos Humanos, Doctor Sobresaliente Cum Laude en Estudios Avanzados en Derechos Humanos: Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas” – Universidad Carlos III de Madrid; Especialista con Matrícula de Honor en Derechos Humanos: Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Investigador Académico de Filosofía del Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Email: jesuco_amag@yahoo.es

[2] Pietro Rossi, Max Weber. Una idea di Occidente (Roma: Donzelli, 2007), 115.

[3] Max Weber, La ética protestante y el espíritu del capitalismo, ed. por Francisco Gil Villegas y trad. por Luis Legaz Lacambra (México D. F.: Fondo de Cultura Económica, 2004), 127.

[4] Arau Sahay, ed., “The importance of Weber’s methodology in sociological explanation”, en Max Weber and modern sociology (London: Routledge, 1971), 67-68.

[5] Weber, La ética protestante…, 65.

[6] Herbert Marcuse, “Industrialization and capitalism”, en Max Weber and sociology today, ed. de Otto Stammer, trad. del alemán por Kathleen Morris (Oxford: Basil Blackwell, 1971), 137.

[7] Rossi, Max Weber…, 119 y ss.

[8] Giuseppe Zaccaria, “Razionalitá, formalismo, diritto: riflessioni su Max Weber”, en Max Weber e il diritto, ed. de Renato Treves (Milano: Franco Angeli, 1981), 204.

[9] Catherine Colliot-Thélène, La sociologie de Max Weber (Paris: La Découverte, 2006), 75.

[10] Max Weber, Economía y sociedad. Esbozo de sociología comprensiva, ed. de Johannes Winckelmann, trad. por José Medina Echevarría, Juan Roura Farella, Eugenio Ímas, Eduardo García Máynez y José Ferrater Mora (Madrid: Fondo de Cultura Económica, 2002), 64.

[11] Weber, Economía y sociedad…, 185.

[12] Gina Zabludovsky, La dominación patrimonial en la obra de Max Weber (México D. F.: Fondo de Cultura Económica, 1989), 78.

[13] Weber, Economía y sociedad…, 64.

[14] Zabludovsky, La dominación patrimonial…, 77-78.

[15] Weber, Economía y sociedad…, 172 y ss.: La dominación patriarcal pertenece a la de dominación tradicional, que es uno de los tres tipos puros de dominación legítima que desarrolla Max Weber en su teoría de la dominación (dominación legal (o burocrática), tradicional y carismática). La dominación patriarcal se sustenta en la creencia cotidiana y en la santidad de las tradiciones de los tiempos lejanos y en la legitimidad de los que son llamados por esa tradición para ejercer la autoridad (son los determinados en virtud de reglas tradicionalmente transmitidas). Una dominación es tradicional cuando su legitimidad descansa en la santidad de ordenaciones y poderes de mando heredados de tiempos lejanos, desde tiempo inmemorial, creyéndose en ella en méritos de esa santidad. La dominación de tipo tradicional (autoridad de tipo tradicional) se fundamenta en la fidelidad personal de los servidores (que no son propiamente funcionarios) del aparato administrativo para con su soberano (que no es propiamente su superior, sino su señor personal). Los dominados no son miembros de la asociación, sino compañeros tradicionales (súbditos). No se obedece a disposiciones estatutarias, sino al ser humano llamado por la tradición o por el soberano tradicionalmente establecido. El soberano y sus mandatos, son legítimos, primero, por la fuerza de la tradición que inequívocamente señala el contenido de los ordenamientos, y, segundo, por el libre arbitrio del soberano que la misma tradición le demarque. Siendo así, el patriarcalismo weberiano, se basa normalmente en la unidad familiar, el cabeza de familia posee una autoridad que se transmite de generación en generación mediante determinadas reglas de herencia.

[16] Gina Zabludovsky, Patrimonialismo y modernización. Poder y dominación en la sociología del Oriente de Max Weber (México D. F.: Fondo de Cultura Económica, 1993), 79.

[17] Weber, Economía y sociedad…, 511.

[18] Zabludovsky, Patrimonialismo y modernización…, 80.

[19] Weber, Economía y sociedad…, 83.

[20] Zabludovsky, Patrimonialismo y modernización…, 77.

[21] Prieto Rossi, “Il proceso di razionalizzazione del diritto e il rapporto con l’economia”, en Max Weber e il diritto…, 19.

[22] Colliot-Thélène, La sociologie…, 74.

[23] Weber, La ética protestante…, 64.

[24] Javier Dorado, “Derecho, sociedad y cultura en el siglo XVIII”, en Historia de los derechos fundamentales, coord. de Francisco Ansuátegui y José Rodríguez, tom. II – vol. I, El contexto social y cultural de los derechos. Los rasgos generales de evolución (Madrid: Dykinson, 2001), 66.

[25] Max Weber, Historia económica general, trad. por Manuel Sánchez Sarto (México D. F.: Fondo de Cultura Económica, 2001), 237 y 238.

[26] Weber, La ética protestante…, 57 y 58.

[27] Yolanda Ruano, La libertad como destino. El sujeto moderno en Max Weber (Madrid: Biblioteca Nueva, 2001), 221.

[28] Max Weber, “Sobre algunas categorías de la sociología comprensiva”, en Ensayos sobre metodología sociológica, trad. por José Luis Etcheverry (Buenos Aires: Amorrortu, 2001), 221.

[29] Weber, Economía y sociedad…, 888-889.

[30] Weber, Economía y sociedad…, 1061.

[31] Weber, Economía y sociedad…, 1048.

[32] Weber, Economía y sociedad…, 1047.

[33] Max Weber, “El Socialismo (1918)”, en Max Weber. Escritos Políticos, ed. y trad. por Joaquín Abellán (Madrid: Alianza, 2008), 305.

[34] Weber, “El Socialismo (1918)”, en Max Weber…, 306.

[35] Weber, Economía y sociedad…, 121.

[36] Weber, Economía y sociedad, 70.

[37] Ruano, La libertad como destino…, 220.

[38] Antonino Bruno, “Economía e diritto in Max Weber”, en Max Weber e il diritto…, 226.

[39] Weber, Economía y sociedad…, 586.

[40] Weber, Economía y sociedad…, 586.

[41] Weber, La ética protestante…, 98 y 99.

[42] Weber, Economía y sociedad…, 458.

[43] Weber, Economía y sociedad…, 915.

[44] Weber, La ética protestante…, 98.

[45] Anthony Giddens, Capitalismo y la moderna teoría social. Un análisis de los escritos de Marx, Durkheim y Max Weber, trad. por Idea Books (Barcelona: Idea Books, 1998), 216.

[46] Weber, Economía y sociedad…, 458.

[47] Weber, Economía y sociedad…, 1050.

[48] Colliot-Thélène, La sociologie…, 78 y 79.

[49] Weber, Economía y sociedad…, 353.

[50] Luis Saavedra, “La racionalización en Max Weber”, Sistema 42 (1981): 117.

[51] Jesús Contreras, “Derecho, sostenibilidad y conciencia de humanidad: Una propuesta desde la filosofía de Hegel”, en Direito e Justiça, núm III, Protección de los derechos fundamentales en un contexto global, coord. por Ignacio García Vitoria y José Manuel Almudí Cid (Lisboa: Juruá, 2016), 58 y ss.