El Divorcio Notarial: La Experiencia Cubana y el Ideal Español
DOI:
https://doi.org/10.19135/revista.consinter.00001.32Palavras-chave:
Divorcio por Mutuo Acuerdo, sede notarial, Derecho de Familia, extinción del vínculo, hijos menoresResumo
La idea básica del presente trabajo se sustenta en establecer, cual paralelo entre el desarrollo práctico que en la realidad cubana ha tenido el Divorcio por Mutuo Acuerdo en sede Notarial y su efectiva ejecución –desde su implementación- en virtud del Decreto Ley 154/1994, de 6 de septiembre, pasando por la crítica confortable y medida de su extensión a los cónyuges que tiene hijos menores, sin que ello comporte el correspondiente control de las convenciones que los padres y el fedante han acordado respecto a tales hijos, violentando su condición de sujeto de Derecho y la evaluación ponderada de la colegiatura judicial, y que desarmoniza con principios sostenidos y la propia naturaleza del Derecho de Familia, de cara o con, la proyección que en España impone ya, cuan realidad su nueva normativa legal que ha dispuesto la posibilidad de celebración del divorcio sin hijos, ante Notario. Es idea clara del artículo dejar sentado –sin divagar- la responsabilidad profesional y nivel elocuente de estos funcionarios –demostrado por décadas- de llevar a cabo tan encomiable actividad -en ambiente de paz y seguridad- y sin que a la postre hayan existido -hasta la fecha- manifestaciones de cuestionamientos de descrédito en su actuar. Así mismo no ha pasado por alto resaltar la valía del proyecto español en cuanto respetar los derechos de los menores en el trámite de divorcio y mantener la concepción jurídica que ha diseñado la Convención de los Derechos de los niños y niñas.
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