Economía Informal, Inseguridad Laboral y Trabajo Decente
DOI: 10.19135/revista.consinter.00011.13
Recibido/Received 06.05.2020 – Aprobado/Approved 26.10.2020
J. Eduardo López Ahumada[1] – http://orcid.org/0000-0001-7380-5932
E-mail: eduardo.lopez@uah.es
Resumen: El proceso de transición hacia la formalidad laboral es un desafío esencial en un mundo complejo presidido por un alto grado de incertidumbre e inseguridad. El problema laboral y social de la informalidad es una cuestión sumamente amplia y de gran complejidad técnica, que se refiere a situaciones de distinta dimensión y que se proyecta sobre distintas realidades nacionales. La informalidad laboral afecta al conjunto de los sistemas de relaciones laborales y se encuentra en constante cambio y transformación. Todas estas variables serán objeto de análisis en las siguientes páginas, tomando como referencia la situación del problema desde una dimensión internacional del fenómeno. Se analizarán las principales normas internacionales, que evitan el desarrollo del trabajo informal, así como las políticas y las prácticas orientadas a su erradicación.
Palabras-clave: Trabajo informal, economía sumergida, inseguridad laboral, derechos fundamentales, inclusión social
Abstract: The transition to formal employment is an essential challenge for a complex world dominated by a high degree of uncertainty and insecurity. Informality gives rise to labor and social problems and is an extremely broad and highly technical issue, which refers to situations of different dimensions and which is projected onto different national realities. Labor informality affects all labor relations systems and is constantly changing and transforming. All these variables will be analyzed in the following pages, taking as a reference the situation of the problem from an international dimension of the phenomenon. The main international standards that prevent the development of informal work will be analyzed, as well as the policies and practices aimed at its eradication.
Keywords: Informal work, underground economy, job insecurity, fundamental rights, social inclusion.
Sumario: 1. Introducción. 2. Trabajo informal y globalización sin controles. 3. Informalidad y desprotección laboral. 4. La necesaria observancia de los derechos fundamentales en el trabajo. 5. Inseguridad laboral y trabajo decente. 6. La intervención en la informalidad y la compensación de situaciones injustas: nuevas políticas económicas, laborales y sociales. 7. La transición a la formalidad como vía de garantía de equidad e inclusión social. 8. Conclusiones. Bibliografía.
Summary: 1. Introduction. 2. Informal work and globalization without controls. 3. Informality and job vulnerability. 4. The necessary observance of fundamental rights at work. 5. Job insecurity and decent work. 6. Intervention in informality and compensation for unfair situations: new economic, labor and social policies. 7. The transition to formality as a way to guarantee equity and social inclusion. 8. Conclusions. Bibliography.
1 INTRODUCCIÓN
La informalidad laboral afecta al conjunto de los sistemas de relaciones laborales y se encuentra en constante cambio y transformación. Estos datos nos vienen a demostrar que estamos realmente ante un problema global, siendo este uno de los grandes problemas que afecta las sociedades del siglo XXI. En este trabajo vamos a abordar el problema de la informalidad laboral y la exclusión social, teniendo en cuenta cómo las nuevas formas de trabajo pretenden eludir el sistema tradicional de trabajo declarado. Se trata de una temática interdisciplinar, de gran repercusión y siempre de actualidad, con importantes consecuencias nacionales e internacionales.
La informalidad laboral es un problema que se está igualmente desarrollando en los países europeos y, en especial, en España. Actualmente, en nuestro país, se estima que existe en torno a tres millones de empleados que se encuentran en situación de trabajo no declarado. La informalidad laboral afecta al conjunto de los sistemas de relaciones laborales y se encuentra en constante cambio y transformación. Todas estas variables serán objeto de análisis en las siguientes páginas, tomando como referencia la situación del problema desde una dimensión internacional del fenómeno. Se analizarán las principales normas internacionales, que evitan el desarrollo del trabajo informal, así como las políticas y las prácticas orientadas a su erradicación. El enfoque de este trabajo está canalizado eminentemente por el estudio del Derecho, que se complementa con el análisis del problema de forma interdisciplinar.
2 TRABAJO INFORMAL Y GLOBALIZACIÓN SIN CONTROLES
Este modelo económico ha generado una reducción ciertamente limitada de la inseguridad y la vulnerabilidad en los mercados de trabajo. Dicha situación ha afectado muy especialmente a los mercados de trabajo de las economías en desarrollo. En este sentido, nos encontramos ante una oportunidad perdida. Cabe recordar que durante la primera década del segundo milenio el comercio mundial experimentó un crecimiento considerable y las economías latinoamericanas contribuyeron intensamente al PIB mundial. Dichas economías doblaron incluso su participación respecto a la década de los ochenta. Esta contribución del comercio al crecimiento de la región fue importante e igualmente generó nuevas perspectivas para el empleo. Sin embargo, este crecimiento de la economía no supuso una mejora equiparable en las condiciones de trabajo y de vida en los países de América Latina.
En efecto, no existe una relación directa y univoca entre la flexibilización y la apertura comercial de los países, que tenga influencia en la evolución del empleo informal. No obstante, en los supuestos de apertura económica y comercial el sector formal de la economía suele aumentar, aunque su comportamiento será más o menos intenso en función de la realidad del país que se analice. En cualquier caso, las políticas comerciales y las políticas redistributivas del trabajo deben aplicarse coordinadamente. Se trata de una combinación necesaria para compensar la acción incondicional de los mercados. Es importante atajar la situación de la economía informal, porque los países con grandes economías sumergidas no pueden desarrollar una actividad de exportación importante, ni tampoco pueden diversificar su actividad, lo que generaría nuevas expectativas positivas en el empleo (DAZA, 2005). El modelo de economía sumergida lastra ciertamente sus propias posibilidades de crecimiento, debido a que sus empresas tienen una capacidad limitada de expansión y de desarrollo empresarial. Asimismo, el comercio internacional puede aumentar el bienestar de la sociedad y mejorar la tendencia de creación de empleo. Sin embargo, también puede tener como contrapunto la generación de nuevas situaciones de informalidad, ante la necesidad de buscar desde el punto de vista de la competitividad, nuevos países en los que el coste laboral sea comparativamente inferior respecto de otros mercados de trabajo de las economías emergentes.
En Latinoamérica el comercio y el crecimiento económico han experimentado un considerable aumento. El porcentaje de trabajadores de la economía informal ha aumentado, según los países, o en el mejor de los casos se ha mantenido estable. Y si atendemos a la propia configuración del trabajo declarado en las empresas formales, podemos asegurar que la proporción entre trabajadores con empleos dignos o empleados con trabajos no declarados arroja una importante deriva hacia la precariedad y la desprotección laboral. Por tanto, es necesario intervenir en la relación entre comercio y economía informal, a fin de conseguir políticas comerciales justas, orientadas hacia el objetivo del trabajo decente. Sin duda alguna, esta nueva concepción puede conseguir unos resultados más favorables en el ámbito del empleo declarado y protegido. Precisamente, la presencia de grandes economías informales en América Latina es un fenómeno que impide que los países se beneficien plenamente de la integración de sus economías en los flujos del comercio internacional. En este sentido, conviene apuntar que el crecimiento económico no siempre supone transición a la formalidad laboral. No estamos ante una relación causa y efecto. Es preciso aplicar medidas concretas para propiciar la generación del trabajo protegido. Se deben, pues, promover políticas económicas que estimulen la creación de empleo formal.
3 INFORMALIDAD Y DESPROTECCIÓN LABORAL
Referirse a la informalidad laboral significa hablar de desprotección, de fraude laboral, de inestabilidad laboral y de trabajo sin derechos y con bajo nivel de retribuciones. En el sector informal se produce, pues, una alta concentración de trabajadores que no tienen contrato de trabajo y que no pueden recibir la debida protección jurídica brindada por la legislación laboral. En estas condiciones de partida, no cabe duda que la informalidad en el trabajo se presenta como un auténtico obstáculo en el camino hacia el progreso social y económico de los países de Latinoamérica. Nos estamos refiriendo a los trabajadores excluidos de la protección jurídico-laboral, que se encuentran ajenos a los modelos de representación y a los sistemas de negociación colectiva. Se trata de un sector de la población activa no reconocido y excluido, situado en un contexto de alta vulnerabilidad laboral y social. Este debe ser, sin duda, el razonamiento de inicio de este editorial, que nos debe hacer reflexionar sobre esta cuota insoportable del mercado de trabajo, que se desarrolla en una económica sumergida y que se tolera al margen del alcance de la legislación laboral y de los regímenes de seguridad social. Efectivamente, se aprecia con carácter general un importante dualismo. El sector informal engloba una actividad extralegal, que no se relaciona jurídicamente con el sector formal, aunque en la práctica las colaboraciones entre ambos sistemas son ciertamente irremediables.
Estas personas incapaces de acceder al empleo formal se encuentran en una situación que no viene definida por los ordenamientos jurídicos, estando privados de derechos y obligaciones. Ciertamente, las legislaciones laborales no prevén definiciones concretas sobre la noción de trabajador informal, lo que ahonda en la situación de extralegalidad. Dicha situación supone el no reconocimiento de derechos laborales para los trabajadores del sector informal. Las leyes de trabajo no abordan el problema y privan a estos trabajadores informales de la garantía de las condiciones mínimas de subsistencia y descartan la aplicación del mínimo vital de subsistencia personal y familiar. Precisamente, la OIT ha intentado alcanzar una definición de trabajo informal, presentando las características básicas del trabajo informal. Una definición que dote a dichos trabajos de una protección por parte de los Estados y sus instituciones. A estos efectos, el Informe de la OIT de 1999 se refería a cuatro objetivos clave, la promoción de los derechos laborales, la promoción del empleo, la protección social contra las situaciones de vulnerabilidad y el fomento del diálogo social. El programa de la OIT para la formalización de la informalidad sigue insistiendo en la necesidad de avanzar en dicha transición y ello a pesar de los logros producidos en la reducción del desempleo y en el aumento de la protección social.
4 LA NECESARIA OBSERVANCIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO
El problema de la informalidad laboral necesita de la observancia de los derechos fundamentales en el trabajo. En este sentido, la Declaración de la OIT de 1998 es esencial para garantizar un trabajo protegido con carácter universal. Ello asegura un trabajo declarado y tutelado por los poderes públicos, que preserve la libertad de asociación, el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. El trabajo en el sector informal no es más que un régimen de actividad impuesto por la realidad social. Las personas sumidas en este sistema de trabajo carecen de capacidad de decisión y, por tanto, se encuentran privadas de la libertad de trabajo. No pueden desarrollar libremente una actividad personal legítima para la obtención de recursos económicos, que permitan asegurar las necesidades de la persona y su núcleo familiar. Se encuentran excluidos de la posibilidad de poder desarrollar un trabajo en condiciones dignas y justas. Ciertamente, este es un modelo que debe ser atendido por los Estados, en la medida que el trabajo se presenta en virtud de las Constituciones latinoamericanas como un derecho fundamental, del que surgen unas obligaciones o responsabilidades para los poderes públicos. En concreto, nos referimos a la obligación de promover las condiciones necesarias para que las personas con capacidad de trabajar puedan acceder y conservar el empleo en virtud de una serie de garantías formales y en condiciones de estabilidad laboral. Se trata, pues, de un modelo acorde con las declaraciones formales de las Constituciones de la región, que postulan la protección del trabajo y la garantía del respeto por los derechos humanos.
La OIT está llamada a realizar una labor orientada a legislar y controlar el cumplimiento de sus declaraciones, y ello debido al escaso beneficio obtenido por los trabajadores por la omisión de los derechos fundamentales en el trabajo. Es clave apoyar el proceso de observancia de las normas fundamentales del trabajo, como fórmula que permita conseguir una globalización equitativa y, en definitiva, una sociedad más inclusiva. Desde esta perspectiva, la promoción de las normas internacionales del trabajo es crucial en un contexto de expansión del comercio internacional. La globalización de la economía debe respetar las normas fundamentales del trabajo reconocidas internacionalmente. La Declaración sobre principios y derechos fundamentales en el trabajo de la OIT de 1998 es el instrumento internacional básico, siendo dichos derechos internacionales los que permiten asegurar el vínculo entre el progreso social y el crecimiento económico, buscando condiciones de justicia social.
El objetivo debe ser la búsqueda de una participación justa en el trabajo protegido, en condiciones de libertad e igualdad, permitiendo desarrollar plenamente el potencial de la sociedad. Dichos derechos fundamentales internacionales tienen carácter universal y todos los miembros de la OIT están llamados a promoverlos y respetarlos, y ello a pesar de que los Estados no hubieran ratificado los convenios que desarrollan dichos principios y derechos fundamentales. Los miembros de la comunidad internacional tienen la obligación de respetar, promover y hacer efectivos dichos principios y derechos. Precisamente, esta idea fue igualmente destacada en 2008, en la Declaración de la OIT relativa a la Justicia Social. Dicha declaración venía a garantizar que la inobservancia de los principios y derechos fundamentales “no puede invocarse ni utilizarse en modo alguno como ventaja comparativa legítima, y que las normas del trabajo no deberían utilizarse con fines comerciales proteccionistas”.
Recientemente la OIT ha alcanzado un logro histórico, al elaborar una nueva norma del trabajo dirigida a hacer frente a la economía informal. Este nuevo instrumento OIT permitirá apoyar las acciones estatales dirigidas a trasvasar a trabajadores y a unidades económicas productivas de la informalidad a la economía formal. Este gran logro se alcanzó en la Conferencia Internacional del Trabajo n. 104 de 2015. Se trata de una Recomendación que se configura como la primera norma internacional del trabajo orientadas específicamente a combatir la economía informal. En dicho texto se proponen directrices prácticas sobre las políticas y medias que pueden facilitar la transición de la economía informal hacia la economía formal. Es un paso más para ayudar a los países a establecer medidas que promuevan la creación de trabajo decente y empresas sostenibles en la economía formal. Con todo, ciertamente se trata de una recomendación. Sin duda, el gran reto será, una vez más, aplicar y conseguir resultados efectivos (Vid. Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015, n. 204, 12 de junio de 2015).
Las últimas reformas laborales inspiradas en la máxima de la flexibilidad laboral no ayudan a conseguir la transición a la economía formal. Sin duda, la informalidad laboral y la inseguridad en el trabajo vienen favorecidas por la nueva concepción de la flexibilidad laboral, considerada como una única respuesta ante un tiempo de incertidumbre económica (TOKMAN, 2007). Si bien es cierto que la flexiseguridad laboral se ha desarrollado en el conjunto de los países de la Unión Europea como un modelo de respuesta al dumping social internacional, este modelo de atención al problema de los mercados de trabajo no encaja adecuadamente en la idiosincrasia de los países latinoamericanos. Sin duda, el problema de vulnerabilidad en los países latinoamericanos es mucho mayor que en Europa y las profundas diferencias sociales distan sustancialmente desde una comparativa de ambas realidades. Asimismo, el modelo de protección social europeo es mucho más intenso que el latinoamericano, lo que permiten asegurar una cierta atención a las transiciones en el empleo. Los sistemas de protección social aseguran un cierto sistema de compensación, aunque exista cada vez más inestabilidad entre las nociones de seguridad y flexibilidad laboral.
En América Latina la tendencia de flexibilidad y seguridad tiene efectos más perniciosos debido a la imposibilidad de asegurar una respuesta compensadora a las técnicas de desregulación laboral (TOKMAN, 2008). Sin embargo, el sistema de flexibilidad laboral es necesario en la región, debido a la configuración de las economías de los países latinoamericanos como economías abiertas e integradas en los mercados internacionales. Los países latinoamericanos demandan mayores dosis de flexibilidad económica y laboral para adaptarse a volatilidad de la economía internacional. Sin embargo, especialmente en América Latina esta introducción de la flexibilidad afecta irremediablemente al ámbito laboral, ya que su asimilación en las legislaciones laborales conlleva una mayor inseguridad y afecta a las posibilidades reales de conseguir un crecimiento justo y sostenible socialmente. Sin duda, el gran desafío de la región es encontrar un tratamiento de dicha situación que permita conciliar la necesidad de flexibilidad con la seguridad laboral.
Ciertamente, todo ello ahonda en la dificultad de trasladar el modelo europeo de flexiseguriadad a los países de Latinoamérica. Ello se debe esencialmente al grado de apertura de sus economías y a la mayor vulnerabilidad de los trabajadores, que no se encentran protegidos adecuadamente desde el punto de vista laboral y de Seguridad Social. Sin duda, deben compensarse dicha situación con nuevos equilibrios, dada la proyección continua de las reformas económicas que se orientan hacia la flexibilidad y trasladan hacia los trabajadores el coste de la flexibilidad. Un coste que se presenta en forma de mayor inseguridad y desprotección laboral y social. De ahí que actualmente la sensibilidad social hacia las reformas económicas y laborales sea ciertamente combatida y genere un creciente malestar social. Dichos cambios vienen a cuestionar los modelos sociales de convivencia. Se altera la cohesión social y ello representa incluso un déficit social importante, que tensiona la convivencia y altera la propia concepción de la democracia. Esta situación incide en las bases de la propia soberanía de los Estados frente a las corrientes internacionales de gestión de la economía.
5 INSEGURIDAD LABORAL Y TRABAJO DECENTE
Con carácter general, debemos destacar que la inseguridad en el trabajo influye igualmente en material de informalidad laboral. Tanto la OCDE, como la OIT, vienen advirtiendo de la existencia de una relación entre la inseguridad laboral y la evolución de la tasa de transición entre el trabajo precario no declarado y el trabajo decente protegido. Efectivamente, la transición a los puestos de mayor calidad es un objetivo ciertamente deseable y cuando ello se produce es consecuencia directa de un aumento de la productividad y de la riqueza de un país. Ello redunda inevitablemente en el sentimiento de mejora social, encontrándose la sociedad más protegida y cohesionada. El problema afecta igualmente a los trabajadores ocupados en las empresas de la economía formal, que se ven afectados por un aumento considerable de la inestabilidad y la inseguridad laboral. Asimismo, la propia regulación y mejora de las condiciones de trabajo del sector formal pueden contribuir a mejorar la situación del mercado informal. Por ejemplo, la subida de los salarios legales de carácter mínimo puede contribuir asimismo a incrementar la remuneración de los trabajadores del sector informal.
Una economía informal viene caracteriza por la menor seguridad en el empleo, por la existencia de ingresos más bajos y por la falta de acceso a una serie de prestaciones sociales. Asimismo, es preciso indicar que dicho modelo genera escasas oportunidades de participar en los programas de educación y formación profesional, lo que impide el desarrollo de carreras profesionales y la adaptación a las fluctuaciones de los mercados de trabajo. En síntesis, podemos destacar una situación ciertamente preocupante que choca frontalmente con los caracteres esenciales del trabajo decente. Se trata de un contexto ciertamente aciago, que impide contrarrestar la vulnerabilidad en el mercado de trabajo e imposibilita a los países en desarrollo beneficiarse plenamente de los efectos positivos de la globalización económica y del proceso de integración de la economía mundial. Esto es una consecuencia de los actuales tiempos de incertidumbre y de inestabilidad económica. Ciertamente, un tema básico en este punto es la protección del empleo ante la evolución fluctuante de la economía. La clave está en intentar mejorar la capacidad de las empresas de adaptarse a las recurrentes fluctuaciones de la economía en un escenario global, así como a la necesidad de dar respuesta a la presencia de nuevos riesgos que afectan a los negocios y que antes no existían.
La inseguridad ligada al nuevo contexto de la economía genera nuevas condiciones de inseguridad, que se proyectan especialmente sobre los trabajadores poco cualificados. Se trata de un problema cuyo centro de gravedad se sitúa en el trabajo por cuenta propia, y ello con independencia del tipo de actividad laboral que se desarrolle. Esta situación repercute con más intensidad en América Latina, donde los sistemas de protección social no ofrecen una cobertura universal e integra, y los trabajadores independientes no ven una relación directa entre las aportaciones sociales que realizan a los sistemas de protección social y la cobertura social finalmente recibida. Sin duda, ello no anima especialmente a formalizar su régimen de actividad profesional. En este punto, los sistemas de protección social son efectivamente indispensables para captar la actividad económica informal y debe avanzarse en el desarrollo de la protección laboral ante los riesgos comunes y profesionales de forma integral.
Asimismo, debemos subrayar que el empleo informal tiene una repercusión directa en el proceso de precarización de las relaciones laborales. Como decimos, el creciente proceso de precarización laboral que estamos viviendo en las últimas décadas, ya no repercute exclusivamente en los trabajadores informales, sino que también afecta a los trabajadores de las empresas declaradas y que desarrollan sus trabajos en el ámbito de la economía formal. Se trata, pues, de un nuevo contexto laboral y social, donde ha perdido su importancia el propio empleo estable. El trabajo indefinido es un modelo que en gran medida se está difuminando por las corrientes de máxima flexibilidad laboral y por el repliegue, incluso, de la legislación laboral. Se ha dejado el desarrollo de las relaciones laborales al poder individual del empresario y al libre juego de la autonomía individual de las partes. En este sentido, las últimas corrientes de reformas laborales han impactado igualmente en el sector de la informalidad, generando nuevas situaciones de trabajo por cuenta ajena y autónoma, que difícilmente pueden ser asimiladas por el mercado laboral. Un problema social en el que la legislación laboral se abstenido en muchos casos de proveer controles efectivos (GONZÁLEZ ORTEGA, 2014). Estas reformas laborales han supuesto, en definitiva, una gran pérdida de protección tanto para los trabajadores sin contrato como para los empleados con contrato de trabajo.
Si a las personas que no tienen contrato de trabajo, unimos el dato de las personas que no tiene un empleo indefinido, tenemos que más de la mitad de la población asalariada de América Latina se encuentra en situación de informalidad. Las cifras cambian en función de los países analizados. Así, podemos destacar, desde esta concepción amplia de la informalidad, el aumento de las cotas de trabajo precario. En Argentina se sitúa en el 21% y en el polo opuesto encontramos a Bolivia con un 74%. Se ha producido un aumento progresivo del desarrollo de los contratos atípicos y de las condiciones de inseguridad y de desprotección que su aplicación conlleva. El desarrollo de trabajos no vinculados a contratos de trabajo indefinidos y estables son una forma de precariedad y de abuso laboral, máxime cuando en realidad se disfraza un trabajo estable. Se produce, en efecto, un fraude laboral y, por ende, estaríamos hablando en sentido amplio de una nueva dimensión de la informalidad laboral. Es decir, estaríamos ocultando una parte de la actividad laboral de un país que igualmente debería estar declarada y considerada una actividad que formaría parte de la economía declarada, con independencia de la unidad productiva en que estas prácticas se desarrollen. Como hemos indicado, las relaciones sin contrato o con contrato distinto al indefinido son usualmente aplicadas en el ámbito de las microempresas, que tienen una menor capacidad de responder antes los costes que genera el recurso al trabajo por cuenta ajena retribuido y protegido mediante cotizaciones sociales a los sistemas de Seguridad Social. Los contratos de trabajo típicos, y por tanto, con estabilidad y mayor protección jurídico laboral se desarrollan generalmente en las empresas de mayor dimensión, que si tienen capacidad de responder a sus obligaciones laborales.
Se debe trabajar en beneficio del empleo estable y con plenitud de protección, a fin de compensar y proteger frente a los riesgos derivados de la actividad laboral, tales, como el desempleo, los accidentes y enfermedades, así como la correcta garantía de la transición a la jubilación. Existen, pues, distintas formas de informalidad laboral, en función del status contractual del trabajador. Ello define el propio acceso a la protección laboral y social. Todo depende finalmente del reconocimiento de una relación laboral y de su situación contractual específica, que indica la posibilidad de desarrollar un trabajo digno y con una adecuada protección. Sin duda, la remuneración digna que debe recibir el trabajador es esencial, en la medida que se trata de un índice necesario para garantizar el bienestar del trabajador y de su familia. El salario digno define el mínimo vital de garantía y debería informar el salario mínimo legal vigente en cada país.
Sin duda, otro factor ligado a la precariedad de gran importancia en la región es el aumento progresivo de la subcontratación y, en general, de los procesos múltiples de descentralización productiva. Estas nuevas fórmulas de organización empresarial están favorecidas por el proceso de globalización e internacionalización de la economía. Se han desarrollado cadenas de prestación de servicios, que proliferan en el interior del mercado de trabajo, siendo ciertamente difícil controlar los eslabones inferiores de los procesos de descentralización productiva. Sin duda, la desprotección aumenta en esos casos, donde se evidencia una ausencia de control y una imposibilidad manifiesta de poder controlar el conjunto de responsabilidades empresariales (MARTÍN VALVERDE – GARCÍA MURCIA, 2011). En efecto, estos procesos descontrolados y desarrollados sin garantías vienen a reducir ostensiblemente la protección laboral y social de los trabajadores.
Las situaciones de precariedad se proyectan especialmente sobre los colectivos más vulnerables. Es preciso avanzar en las políticas transversales para la protección y promoción de los colectivos más vulnerables, en concreto, políticas orientadas a la defensa del trabajo de jóvenes, mujeres, trabajadores migrantes, minorías étnicas y raciales, las personas con discapacidad, trabajadores maduros en situaciones de desempleo, etc. Estos colectivos vulnerables se encuentran afectados por situaciones persistentes y casi irreversibles de pobreza. Ciertamente, la protección de estos grupos especialmente afectados por las condiciones de la economía informal tiene efectos beneficiosos en el conjunto de la sociedad, puesto que la progresión del mal endémico de la pobreza presenta efectos perniciosos de naturaleza transversal. Evidentemente, la pobreza incide en la propia vertebración de las sociedades. El avance y la consolidación de la pobreza vienen también a limitar la productividad de los países y sus propias posibilidades de desarrollo económico y social.
El fenómeno injusto de la informalidad laboral ataca especialmente a los colectivos más vulnerables. Evidentemente, la distribución del empleo no declarado afecta a ciertos colectivos con mayor intensidad que a otros. Ello ocurre en el caso de las mujeres, cuyas cuotas de empleo informal se sitúan en torno al 49,7% en comparación con la cuota de los hombres que se encuentra en torno al 44,5%. Con todo, hay que destacar una característica propia de los mercados de trabajo de la región, en los que, a día de hoy, todavía el empleo masculino tiene una mayor partición en el mercado laboral. Ello explica que en la actualidad el trabajo masculino represente proporcionalmente una mayor parte del empleo informal. Con todo, la brecha entre las tasas de informalidad de hombres y mujeres es manifiesta y ello viene a explicar la situación constante de exclusión del empleo femenino, que parte con una desventaja en la participación en el trabajo de dichas economías. Sabido es, por ejemplo, que una gran parte del empleo femenino no declarado descansa sobre el trabajo doméstico. Se trata de un ámbito de actividad laboral del que no se disponen datos precisos, aunque se estima que puede venir a representar entre el siete y el quince por ciento de la ocupación laboral, siendo esta una ocupación esencialmente femenina.
6 LA INTERVENCIÓN EN LA INFORMALIDAD Y LA COMPENSACIÓN DE SITUACIONES INJUSTAS: NUEVAS POLÍTICAS ECONÓMICAS, LABORALES Y SOCIALES
La informalidad no se puede reducir de forma autónoma y sin intervenir en el mercado laboral. Los países de la región tienen entre sus objetivos prioritarios la lucha contra la informalidad laboral (BAVIERA PUIG, 2014). Sin duda, en los últimos años se vienen desarrollando medidas concretas orientadas a facilitar la transición desde la economía informal al trabajo declarado. Es un proceso que incluso podríamos calificar de recurrente y con una larga tradición en el tiempo. Sin embargo, estas medidas de política laboral, muchas antiguas y otras más recientes, no están consiguiendo los resultados deseados. Efectivamente, el descenso de los umbrales de informalidad laboral no es muy representativo. Por ello, podemos decir que estamos ante un mal endémico en la región y, por tanto, los esfuerzos deben ir orientados a buscar soluciones de conjunto, que de forma integral y ordenada busquen aunar los problemas económicos y laborales como una misma realidad.
Se precisan respuestas económicas y laborales, que busquen su concreta proyección a las circunstancias del país y que tengan en cuenta su realidad social. Efectivamente, tolerar pasivamente dicha informalidad supone un evidente coste social, que afecta no solo a la cohesión social, sino también a las propias condiciones de desarrollo económico de la región. El tema ha sido objeto de reflexión en el más alto nivel en el seno de la OIT. En el año 2014, la Conferencia Internacional del Trabajo, realizó un análisis exhaustivo sobre la denominada transición a la formalidad, cuyos trabajos terminaron un año después en una nueva Conferencia Internacional del Trabajo. Precisamente, estos trabajos de debate y discusión dieron lugar a un importante conjunto de conclusiones, que permiten reflexionar con mayor fundamento sobre las necesarias políticas que pueden revertir eficazmente la situación y conseguir la deseada transición a la formalidad económica y laboral. Este debate no afectó solamente a Latinoamérica, sino que se proyectó sobre el conjunto de la comunidad internacional, al detectarse que el problema de la informalidad era un efecto generalizado en todas las económicas. Ello afecta especialmente de las económicas emergentes, cuyas ratios de informalidad no se reducían, sino que incluso aumentaban debido a los efectos derivados del proceso de globalización económica y de la propia competitividad entre las economías. Se produce un peligroso proceso de desregulación y de apertura de las economías, que genera efectos perniciosos desde el punto de vista del dumping social.
Se deben promover políticas económicas y laborales que estimulen el desarrollo productivo, permitiendo mejorar las condiciones de empleo presentes y futuras. En este sentido, y de forma paralela, se debe recuperar el papel central de las políticas de empleo, que pueden igualmente ser útiles para el fomento del trabajo formal. En este sentido, podemos destacar los esfuerzos realizados, por ejemplo, en México, que ha emprendido un ambicioso programa de formación y de capacitación laboral orientado específicamente a la incorporación al mercado laboral formal. Efectivamente, las políticas activas de empleo, bien enfocadas en sus objetivos, pueden ayudar a compensar la apertura de las economías y permitir una redistribución de los empleos. Igualmente se debe combinar de forma efectiva las políticas de educación y formación profesional orientando sus objetivos hacia el empleo.
Sin duda, una medida que permite la transición hacia la formalidad laboral es la promoción de las instituciones fiscalizadoras del cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social. En este sentido, es esencial mejorar los instrumentos públicos de inspección laboral. Se debe prestar especial atención a los instrumentos clásicos de control del cumplimiento de las obligaciones laborales. En este sentido, por ejemplo, en Argentina se ha producido un refuerzo importante de la inspección de trabajo, asignado más medios técnicos y tecnológicos, así como más recursos humanos. Se intensificado el sistema de inspección laboral, poniéndolo al servicio de un importante programa nacional de regularización del trabajo, cuyo objetivo es la promoción del trabajo registrado y la prevención del fraude laboral. En cambio, podemos destacar la experiencia chilena, que se ha decantado por sustituir las multas por el incumplimiento de las normas laborales y de seguridad social por la inversión en medidas de capacitación en el ámbito de las microempresas y pequeñas empresas.
En el caso de Colombia se ha realizado un importante esfuerzo por aflorar nuevos trabajos declarados y combatir la insoportable tasa de informalidad que pesa sobre la economía. Concretamente, se han fomentado los denominados acuerdos de formalización, suscritos entre uno o varios empleadores y las direcciones territoriales del Ministerio de Trabajo. Estos acuerdos vienen a consignar compromisos concretos, cuya aplicación son objeto de evaluación periódica. El objetivo de dichos programas es la generación de contratos de trabajo declarados, que se desarrollen en el tiempo con una cierta estabilidad. Por otro lado, podemos destacar el ejemplo de México, que promociona un programa de trabajo, cuyas acciones están orientadas a la formalización entre empleadores y trabajadores, seguidas por las acciones de inspección de trabajo según los Estados. En Uruguay, por ejemplo, se ha prestado especial énfasis en el aspecto recaudatorio, mejorando la eficiencia de sus organismos de recaudación tanto desde el punto de vista impositivo como desde la recaudación de las aportaciones sociales por parte de los empleadores.
Efectivamente, es clave el control tributario de las rentas derivadas del trabajo desarrollado por cuenta propia y ajena. En Latinoamérica se han realizado importantes reformas tributarias, laborales y económicas con el fin de combatir las crisis que han azotado los mercados de trabajo de la región. Sin embargo, la situación no ha arrojado un balance positivo y sigue siendo una apuesta pendiente la reformulación de los sistemas de protección social, que no llegan a alcanzar la meta de ser regímenes públicos inclusivos. Dichos sistemas presentan déficits de protección, que generan más vulnerabilidad y un acceso estratificado a la Seguridad Social. Sigue, pues, pendiente el gran reto redistributivo de los sistemas de protección social latinoamericanos, que sobre la base del sistema contributivo avance en la distribución de la riqueza y en la atención a las situaciones de necesidad. Ello pasa por articular unos sistemas de protección social que reduzcan la vulnerabilidad con un aumento de la productividad y la participación laboral. Es decir, una reforma que asegure el efectivo avance hacia verdaderos sistemas universales y solidarios de protección social.
Se precisa una estrategia basada en asegurar una adecuada transición al trabajo formal, prestando apoyo a las personas empleadas en el sector informal y luchando de forma decidida contra las condiciones de pobreza. Los objetivos políticos no deben ser solamente de protección, más o menos efectiva, sino que debe promoverse una adecuada estrategia de inclusión social. Ello es ciertamente necesario si se pretende realmente alcanzar la meta de la ampliación de la población realmente protegida. En este sentido, conviene indicar que la Conferencia Internacional del Trabajo de 2002 prestó especial atención a identificar a aquellas actividades desarrolladas por trabajadores en unidades de producción no amparadas o insuficientemente cubiertas desde el punto de vista de la protección jurídico-laboral por las legislaciones nacionales.
Otro gran objetivo es la propia formalización de las empresas, como unidades de producción y de creación de empleo. La informalidad laboral se abre camino mayoritariamente en el ámbito de las microempresas. Esto se debe a la manifiesta incapacidad de estas empresas informales, que actúan como unidades productivas de pequeña dimensión. Dichas empresas desarrollan su actividad informal, puesto que no pueden responder a las obligaciones que derivan de la existencia de las relaciones de trabajo que desarrollan. Se trata de empresas informales, que no pueden asumir sus obligaciones laborales como empleadores, pero que sin embargo desarrollan su actividad económica con una reducida capacidad de pago y de asunción de sus responsabilidades jurídicas en caso de incumplimiento u omisión de sus deberes como empresarios. Si estas unidades empresariales estuvieran generalmente formalizadas, el empleo que generarían igualmente sería declarado y podría contar con la debida protección laboral y de seguridad social. Evidentemente, la formalización de las empresas y, en suma, del empleo depende de la existencia de un contexto adecuado que permita el desarrollo sostenible de las propias empresas. Dichos entornos empresariales sostenibles son esenciales y dependen de la seguridad jurídica y de la garantía de la estabilidad de las inversiones empresariales. Concretamente, es importante la garantía de la viabilidad y el desarrollo de la inversión extranjera, que se presenta como un factor esencial para el propio desarrollo económico de la región. Ello consiste simplemente en aprovechar los efectos positivos de la globalización económica, creando tejido empresarial estable y revirtiendo esta creación de riqueza en el fomento de trabajo decente para el futuro.
La generación de empresas declaradas se consigue facilitando los instrumentos de tributación y declaración de actividades. Dichos sistemas de tributación deben orientarse a conseguir atraer a las unidades empresariales de menor tamaño a la economía formal. Ello afecta especialmente a los empresarios individuales o a los trabajadores por cuenta propia. En este sentido, tiene una especial relevancia el empleo de procedimientos simplificados que se orienten a la gestión flexible de la contabilidad y a la consiguiente liquidación y abono de impuestos. En este sentido, es preciso avanzar en la región en los regímenes de tributación simplificada. Algunos países han realizado importantes avances, como Perú, que cuenta con un régimen único y simplificado para personas naturales y microempresas. Dicho sistema permite fijar una tasa fija sobre los ingresos netos mensuales de las empresas. E, igualmente, es preciso mejorar la aplicación de las nuevas técnicas de fiscalización, aprovechando las nuevas tecnologías de la información.
Es importante promover la formalización de la pequeña y mediana empresa en un entorno de desarrollo sostenible. En cierto modo, ello se podría conseguir estableciendo y generando incentivos para el desarrollo de la formalidad, prestando especial atención a la formalización de los trabajadores por cuenta propia. No obstante, no siempre los incentivos generan trabajo formal, como exenciones tributarias o reducciones de cotizaciones y aportaciones empresariales a la seguridad social. En gran parte el éxito del modelo depende de la creación de un contexto empresarial seguro, que anime a formalizar la actividad de la empresa como forma de posicionamiento en el mercado. Esta nueva situación será percibida por la empresa como una mejora en la imagen social de la actividad empresarial desarrollada. Ciertamente, en gran medida las empresas evaluaran sus posibilidades reales de sostenibilidad y el impacto que sus decisiones tengan en el aumento de sus negocios. En estos casos, la propia sostenibilidad del modelo de empresa fomentará o no la decisión de formalizar su propia actividad económica y productiva.
El trabajo independiente desarrollado en el ámbito de las microempresas es especialmente preocupante. Ciertamente, se encuentra extramuros de la legalidad tanto el propio empleo, como la actividad empresarial misma. Sin duda, en este ámbito las cuotas de informalidad son acusadas, ya que se estima que la mayor parte del empleo informal en la región viene representado por trabajadores autónomos o trabajadores asalariados en empresas de menos de diez trabajadores. Con todo, la transición se debe producir del trabajo autónomo no declarado a la formalidad, así como de las pequeñas y medianas empresas informales a la economía declarada, pero igualmente se debe seguir prestando atención a la reducción del empleo no registrado en las consideradas empresas formales o declaradas. Es preciso vigilar este tipo de empresas pseudoformales, que en realidad se aprovechan igualmente de este tipo de subempleo de forma ocasional o permanente.
7 LA TRANSICIÓN A LA FORMALIDAD COMO VÍA DE GARANTÍA DE EQUIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL
No cabe duda de que promover la transición al trabajo declarado y protegido supone avanzar en la inclusión social. Se deben primar las políticas de inserción laboral y de lucha contra la informalidad como medida que permite avanzar en la cohesión social. Esto vendría a realzar el protagonismo de la ciudadanía y aseguraría el ejercicio de los derechos de las personas excluidas (CAMINO FRÍAS, 2013). El desarrollo de la informalidad y la inseguridad en el empleo genera nocivas consecuencias sobre la propia cohesión social. Se debe insistir, pues, en la necesidad de aplicar instrumentos que consigan la inclusión social. Ciertamente, el objetivo de la cohesión social asegura la propia integración y el bienestar de los ciudadanos, avanzando en el sentimiento de pertenencia de las personas a la sociedad. Sin duda, abordar este problema transciende el ámbito estricto laboral y se proyecta sobre una cuestión social. Ello supone adentrarse y profundizar en el problema de la inserción laboral teniendo en cuenta la repercusión de la economía informal, donde se desarrolla una cuota importante de la población activa de los países de la región. Sin duda, este proceso debe asegurar una búsqueda efectiva de los objetivos de estabilidad laboral, seguridad y cohesión social.
Efectivamente, un desarrollo socialmente incluyente es imposible sino se extienden los derechos, garantías y oportunidades a los trabajadores de la economía informal. Ello es esencial para poder asegurar los objetivos del trabajo decente en la región. En realidad, el trabajo informal nos sitúa ante la presencia de la pobreza, en la medida que estos servicios vienen a ser desarrollado por los trabajadores pobres, excluidos del trabajo formal protegido, y cuya actividad difícilmente admite abandonar el régimen de economía sumergida (CASTELLS y PORTES, 1989). En este sentido, se crea un sector de servicios mucho más económicos y competitivos en los mercados internacionales, pero desatendiendo la cuestión social ligada al modelo del trabajo protegido. Es cierto que el nivel de pobreza ha descendido en los últimos años, debido generalmente a la dinámica de las económicas y a los programas de desarrollo de la comunidad internacional. Asimismo, ha colaborado en esta tendencia la propia iniciativa privada, esencialmente debido a la acción de las empresas privadas y a las remesas de los trabajadores migrantes. Con todo, ello no ha tenido un reflejo directo en las condiciones del mercado de trabajo y en la calidad del empleo, siguiendo presente unas cotas de informalidad laboral ciertamente desproporcionadas.
Las soluciones al problema de la informalidad pasan por la búsqueda de la equidad social. Ello demanda la búsqueda de la eficiencia y el desarrollo de la economía de los países, a fin de que el sector informal no se convierta en un obstáculo para la capacidad de fomentar riqueza y desarrollo económico. Se trata de estimular la generación de condiciones que permitan competir en el ámbito de la economía mundial, mejorando la recaudación pública. Ello permitiría atraer a las políticas sociales nuevos ingresos, que podrían revertir a las haciendas púbicas y a los sistemas públicos de seguridad social. Desde esta perspectiva, no cabe duda de que la reducción de la dimensión de la economía informal se presenta, pues, como un objetivo esencial desde la perspectiva del desarrollo de la equidad social. En este sentido, las reformas económicas y comerciales pueden estimular el desarrollo y el crecimiento de un país, así como reducir el empleo del sector informal. No cabe duda que un volumen elevado de sector informal viene a limitar el tamaño de las empresas, afectando directamente al propio comportamiento de la productividad.
El desarrollo de un sector informal económico consolidado se configura como un modelo estructural, que limita la debida protección e impide asegurar condiciones de cohesión social. Difícilmente se podrá vincular adecuadamente la relación necesaria que debe existir entre los procesos de crecimiento económico y la protección laboral y social de la población. Se trata de una situación que merma la capacidad de protección. El objetivo de la cohesión social se presenta como un índice esencial que caracteriza a los países que progresan económicamente y que consiguen distribuir con justicia los resultados derivados del proceso de crecimiento económico en beneficio de sus ciudadanos. Ciertamente, la economía informal disminuye los ingresos fiscales y reduce las posibilidades de dotación de seguridad social, especialmente, el acceso a la salud y a las pensiones. Por otro lado, la informalidad laboral lastra las posibilidades de aumentar la productividad laboral y la competitividad internacional de los países, al disminuir los beneficios potenciales del comercio. En síntesis, el sector informal impacta negativamente sobre las posibilidades de crecimiento económico y la volativilidad de dicho crecimiento tiende incluso a aumentar el volumen de la economía informal.
La cohesión social es el resultado de un adecuado desarrollo equitativo, en el que deben contribuir todos los ciudadanos para conseguir dicho crecimiento inclusivo. En este sentido, los propios sistemas públicos de Seguridad Social descansan sobre esta premisa. Es decir, el modelo de desarrollo económico de un país debe incluir socialmente a todas de las personas, bajo el sistema de protección no contributivo y asistencial. Se debe primar la debida promoción y aplicación del principio de universidad de la seguridad social. Sin duda, este es un modelo esencial que permite dotar de seguridad a aquellas personas especialmente sometidas a condiciones de vulnerabilidad estructural.
El objetivo de reducir el trabajo no declarado ha sido muy ambicioso, ya que la propia estructura del empleo y de la población activa latinoamericana hacía ciertamente difícil alcanzar dichos objetivos. Ello es una consecuencia de la insuficiencia de asimilación de las propias economías de la región del trabajo informal en el ámbito de la economía declarada. Las economías latinoamericanas no han registrado un adecuado dinamismo, que permita asimilar el trabajo informal. Asimismo, existe una dificultad manifiesta de incluir socialmente a toda la ciudadanía, debido al crecimiento acelerado de la población, concentrada muy especialmente en un modelo de ciudades en pleno desarrollo. La inclusión y la seguridad se aseguran mediante la inserción laboral en plenitud y con el acceso a los derechos laborales y de seguridad social. Se trata, pues, de asegurar el trabajo protegido jurídicamente y desarrollado en un sistema de relaciones laborales y de protección social solidarios.
8 CONCLUSIONES
Con carácter general, conviene indicar que el problema laboral y social de la informalidad es una cuestión sumamente amplia y de gran complejidad técnica, que se refiere a situaciones de distinta dimensión y que se proyecta sobre distintas realidades. Dicha afirmación se ratifica si analizamos su problemática desde el punto de vista internacional y teniendo presente la situación del conjunto de Latinoamérica. Generalmente la decisión de trabajar en la economía informal viene impuesta por la propia realidad social. Entre las razones que impiden que una actividad productiva pueda derivar de la informalidad al trabajo protegido destacamos que las personas afectadas no perciben los beneficios potenciales derivados de la transición a la formalidad. Ello se debe a que en primera instancia, las personas tienen en cuenta los altos costes sociales derivados de la incorporación al trabajo declarado.
El proceso de transición hacia la formalidad laboral es un desafío esencial para un mundo complejo presidido por un alto grado de incertidumbre e inseguridad. En este sentido, en los países latinoamericanos avanza la percepción de una inestabilidad a largo plazo, en gran medida ligada a la volatilidad del producto interno bruto de América Latina, que es mucho mayor que en otros bloques de las economías emergentes, especialmente, el sudeste asiático, y mucho mayor respecto de los países más industrializados. Con todo, en los últimos años se ha producido una leve disminución de la informalidad laboral, aunque las tasas de empleo no declarado son todavía muy elevadas. La cuestión es cómo rescatar y atraer a la economía declarada esa fuente de ingresos. Dicha transición a la formalidad supondría finalmente alterar la relación entre pobreza y marginalidad hacia la protección y la inclusión social.
Si pretendemos buscar las causas de la gran presencia del trabajo no declarado, deberíamos decir que esta situación tiene un origen complejo, que responde a un conjunto diverso de causas. Es decir, se trata de factores ciertamente heterogéneos, que impiden mejorar la calidad del empleo y alcanzar el reto del trabajo decente, y que nos presenta incluso un panorama acusado de déficit de justicia social. Con todo, es preciso destacar que, en síntesis, la informalidad es un proceso de evasión y fraude de la legislación laboral, que elude los estándares mínimos de seguridad en el trabajo, siendo este un modelo que se genera en el ámbito de la economía sumergida. Sin embargo, los Estados han optado por desarrollar políticas de menor presión fiscal, tendentes a reducir los derechos laborales y de protección social. Todo ello con vistas a fomentar la inversión internacional en sus países. El aumento del dumping empresarial y social es, sin duda, un efecto derivado de este proceso, que plantea problemas de hondo calado a escala internacional.
La Recomendación aprobada en la Reunión 104 de la Conferencia Internacional del Trabajo supone evidentemente un importante hito histórico, a pesar de que su grado de eficacia sea de baja intensidad. El objetivo de la Recomendación es crear una nueva conciencia internacional sobre el problema y manifestar institucionalmente la preocupación por la necesidad de contener la insoportable cuota de trabajo informal ligado a la nueva economía. En cierto modo, estamos ante un dique de contención del desarrollo del libre comercio a escala mundial, desarrollado al amparo de la Lex Mercatoria que no se manifiesta sensible a la dimensión social del problema. Se ha desarrollado un concepto de transición hacia la economía formal, fomentando un camino basado esencialmente en el trabajo coordinado a medio y largo plazo. Una labor institucional que se basa en lugar de hacer cumplir rígidamente las normas, en avanzar en las fórmulas de incentivo en la transición hacia la formalidad, lo que en definitiva supone debilitar ciertamente la respuesta sancionadora ante los supuestos de incumplimiento de las normas de trabajo. Se trata de un trabajo progresivo ante un fenómeno que tiene proporciones ingentes en determinadas áreas del mundo. En estas regiones erradicar la informalidad supone evidentemente una auténtica quimera.
Estamos en presencia de un programa de trabajo de la OIT sumamente general, que únicamente puede completarse y llenarse de sentido si se acompaña con otras acciones promovidas por la OIT. Estamos hablando esencialmente del programa institucional de la OIT orientado al desarrollo del trabajo decente, que irremediablemente está estrechamente vinculado con la lucha contra el trabajo informal. Es necesario intervenir en la relación entre comercio y economía informal, a fin de conseguir políticas comerciales justas, orientadas hacia el objetivo del trabajo decente. Sin duda alguna, esta nueva concepción puede conseguir unos resultados más favorables en el ámbito del empleo declarado y protegido. La informalidad no se puede reducir de forma autónoma y sin intervenir en el mercado laboral. Los países de la región tienen entre sus objetivos prioritarios la lucha contra la informalidad laboral. Sin duda, en los últimos años se vienen desarrollando medidas concretas orientadas a facilitar la transición desde la economía informal al trabajo declarado. Es un proceso que incluso podríamos calificar de recurrente y con una larga tradición en el tiempo. Sin embargo, estas medidas de política laboral, muchas antiguas y otras más recientes, no están consiguiendo los resultados deseados.
Se precisan respuestas económicas y laborales, que busquen su concreta proyección a las circunstancias del país y que tengan en cuenta su realidad social. Efectivamente, tolerar pasivamente dicha informalidad supone un evidente coste social, que afecta no solo a la cohesión social, sino también a las propias condiciones de desarrollo económico. No cabe duda de que promover la transición al trabajo declarado y protegido supone avanzar en la inclusión social. Se deben primar las políticas de inserción laboral y de lucha contra la informalidad como medida que permite avanzar en la cohesión social. Esto vendría a realzar el protagonismo de la ciudadanía y aseguraría el ejercicio de los derechos de las personas excluidas. Sin duda, abordar este problema transciende el ámbito estricto laboral y se proyecta sobre una cuestión social. Las soluciones al problema de la informalidad pasan por la búsqueda de la equidad social. Ello demanda la búsqueda de la eficiencia y el desarrollo de la economía de los países, a fin de que el sector informal no se convierta en un obstáculo para la capacidad de fomentar riqueza y desarrollo económico. La cohesión social es el resultado de un adecuado desarrollo equitativo, en el que deben contribuir todos los ciudadanos para conseguir dicho crecimiento inclusivo. En este sentido, los propios sistemas públicos de Seguridad Social descansan sobre esta premisa. Es decir, el modelo de desarrollo económico de un país debe incluir socialmente a todas de las personas, bajo el sistema de protección no contributivo y asistencial. Se debe primar la debida promoción y aplicación del principio de universidad de la seguridad social.
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Notas de Rodapé
[1] Doctor en Derecho por la Universidad de Alcalá, sobresaliente cum laude por unanimidad (2003) y Premio Extraordinario de Doctorado (2005). Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Director de la Revista “Estudios Latinoamericanos de Relaciones Laborales y Protección Social” (ISSN: 2445-0472), publicada por Ediciones CINCA. Investigador Principal de la Línea estable de investigación en Relaciones Laborales y Protección Social del Instituto Universitario de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Alcalá (IELAT). Miembro de la Comunidad Cielo Laboral. Profesor invitado en las Universidades Montesquieu-Bordeaux IV, Universidad de Bolonia, Universidad Libre de Bruselas, Universidad de California-Los Ángeles y University College of Dublín. Es autor de diversas monografías y múltiples artículos de investigación publicados en revistas de impacto científico. Para más información http://www2.uah.es/eduardo_lopez_ahumada/ E-mail: eduardo.lopez@uah.es. Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Alcalá.